Montes y bosques vascos
* Traducción al español del original en euskera
Manuel Mª Ruiz Urrestarazu

El monte y el bosque van íntimamente unidos. El mejor manejo de ambos por el hombre, en el conocimiento de la Naturaleza y la evolución de sus sistemas, representa la conjunción armónica del monte y del bosque.

El País Vasco parece consustancial con un monte rico en bosques, tanto en cantidad como en calidad. Variedad y riqueza es una integral que buscan y desean los forestales vascos.

¿Cómo han sido y cómo son los montes y bosques de nuestro entorno?.

Por ponernos un marco temporal redondo, en esta exposición nos ceñiremos a los últimos dos mil años de la Era Cristiana.

¿Montes vírgenes ó montes animados? Qué duda cabe que el hombre ha modelado su entorno desde la más remota antigüedad y desde luego ya en tiempos de la colonización ó culturización romana.

De ese remoto pasado haremos unas pinceladas someras, acordes con la información que conocemos de aquellos tiempos. Las crónicas hablan salpicada e incidentalmente del recurso monte y del recurso bosque y en general de su relación directa con los avatares económicos del hombre de la época.

El monte como soporte y en tiempos históricos ha variado relativamente poco en su aspecto orográfico o de relieve, si bien ha habido procesos erosivos de importancia en la vertiente mediterránea, perceptibles sobre todo en Navarra, por ceñirnos al ámbito cultural e histórico de Vasconia, ya que en Aragón y Cataluña aún son más aparentes. Recordemos que Tortosa, en la desembocadura del Ebro, era puerto de mar en época romana y hoy queda tierra adentro, desde que en la Baja Edad Media se formara el actual Delta del Ebro, producto de la erosión de su cuenca al disminuir los bosques de los montes que constituían la misma.

La cubierta vegetal fue evolucionando paulatinamente. El bosque inicial, presuntamente variado y omnipresente, fue perdiendo la aspereza externa de su apariencia selvática, permeabilizando su impenetrabilidad y aclarando y rarificando su arbolado, a una con la animación de su bosque. El bosque para el hombre andarín del pasado fue un bosque animado, frecuentado, mucho menos virgen que nuestros deseos de pureza y bucolismo han imaginado periódicamente, buscando una autenticidad a la que asirnos, con ansias de protección y referencia.

Como reflejo del carácter selvático y al mismo tiempo de bosque animado, que tenían algunas montañas vascas, podemos leer un fragmento del Capítulo 26 de las Leyes y Ordenanzas de la Provincia de Alava, aprobadas a 6 de febrero de 1417 por Catalina de Lancaster (madre de Juan II de Castilla y regente en su minoría de edad) y confirmadas por Enrique IV a 22 de marzo de 1458. Leemos lo siguiente: "Otrosi ordenamos que por razón que los maleficios è los malfechores se suelen acoger al monte de Encia, è á los otros montes è logares yermos..." Sería en cierto modo nuestro bosque de Sherwood particular.

De la importancia de los distintos tipos de bosque y de sus árboles, de sus especies concretas, nos hablan algunos documentos y sobre todo la toponimia fijada en tiempos históricos.

De acuerdo con los nombres que hacen referencia a los árboles y a los bosques, vemos la importancia de las especies principales: En primer lugar los robles, siguiéndoles el haya y la encina y flanqueando a esas especies por el Este y el Oeste los pinares de pino silvestre. Las especies que convenimos en llamar secundarias o de acompañamiento han dejado también una impronta cuantiosa y variada en los nombres de lugar, principalmente en lengua vasca, pero también en las lenguas romances que rodean a la lengua vasca como si constituyeran, al mismo tiempo, un cuenco receptor y sustentante de ésta, desde un punto de vista geográfico e histórico.

Los robles de hoja lisa y madera valiosa, que son el roble pedunculado o de Gernika y el de fruto sentado o de montaña (no digo roble albar porque en la Montaña Alavesa se le llama roble albar a Quercus robur L.; es el problema de los cambiantes nombres vulgares y el peligro de quererlos fijar cuasi-universalmente) eran los más apreciados y ocupaban tiempo atrás las tierras más profundas de valles y montes, tanto de la vertiente cantábrica como de las tierras de interior de precipitación anual superior a 900 mm anuales y sequía de verano inferior a un mes.

El roble quejigo, llamado también gacico en zonas occidentales de Alava, ocupa colinas y laderas más sufridas que los anteriores y sus bosques se sitúan preferentemente en tierras alavesas y navarras. El roble pubescente, con menor presencia en Alava, aparece en lugares similares, quizá algo mejores en cuanto a suelo.

El roble tocorno, conocido en otras zonas lingüísticas castellanas como rebollo, tocio o marojo, es un roble especial, tanto fisiográficamente, con su hoja vellosa y de grandes senos o entrantes, como sobre todo por afeccionar terrenos arenosos y relativamente pobres en principio, aunque posiblemente por el manejo que el hombre ha hecho de los bosques de roble pedunculado, a través de su corta y por medio del uso del fuego con fines ganaderos, al que resiste mejor el roble tocorno al brotar de raíz , ofrece hoy una extensión mayor que la que sería esperable para su especie, así en la base de Gorbeia, en Markina y Zarate, en la base de la Sª de Elgea y en la cubeta de Izki, en Alava, con cepas degeneradas en algunos casos por el maltrato secular.

El haya es una de las especies emblemáticas hoy de la montaña vasca. Su extensión actual parece de las mayores de su historia. Competidora con los robles en sus franjas de contacto (normalmente el haya se sitúa por encima del roble en montaña), avanza a su costa pertrechada de la espesura de la sombra. Por su ubicación, en lugares relativamente más alejados de la habitación humana, sus bosques hoy ofrecen mejor aspecto que los de roble.

El pino silvestre se encuentra en el Oeste de Alava y en el Este de Navarra. En el Oeste llega en su expansión hacia el Este hasta el meridiano de Vitoria (lo sobrepasa en el monte Galbagain, en Gojain, Legutiano); en el Este hasta el de Pamplona (ladera NE del monte San Cristóbal). El pueblo de Pinedo, en Valdegovía (Alava) está citado desde el año 804 con tal nombre.

Los pinares de pino silvestre que se encuentran hoy a menor cota en la Península Ibérica se sitúan en los montes del Norte de la Sierra Salvada, bajando en Artziniega (Alava) hasta los 200 m de altitud, teniendo la particularidad de que lo hacen en vertiente cantábrica. Cuestiones climáticas y de aerodinamicidad en la época de difusión de la semilla explicarían la presencia de este pino en tales lugares.

La divisoria de aguas Cantábrico-Mediterráneo, a caballo de las cuencas de los ríos Altube (Cantábrico) y Bayas (Mediterráneo), en las estribaciones alavesas de Gorbeia, nos presenta un legado vivo aún de la posible evolución de la vegetación del lugar, en función del clima y de los usos habidos, al menos desde la Edad Moderna. Subiendo desde Ziorraga, junto al río Altube y siguiendo hacia arriba el curso de su afluente Erreka-handi, nos encontramos primero con un bortal de madroños muy viejos, sobre un farallón rocoso, a unos 400 m de altitud y tras pasar por arbolado disperso de "garrastos" de roble tocorno, entramos en un robledal donde alternan los robles pedunculado y de fruto sentado, en el lugar conocido como Txara y que actualmente constituye una reserva integral del Parque Natural de Gorbeia, robledal que va siendo hayedo según subimos en altura para culminar cerca de la divisoria de aguas con una línea final de arbolado, a los 900 m de altitud, constituída por hayas, robles de fruto sentado y pinos silvestres. Los pinos seculares son reliquias vivas de siglos anteriores en períodos más propicios a su vegetación ( y a la de Quercus petraea (Matts.) Liebl. probablemente), con un clima más seco, como según los cronistas ocurrió en el siglo XVI, en que todos los ríos de España se podían atravesar a pie enjuto o seco, salvo el Ebro y con una frecuentación ganadera al por menor (en cabezas por propietario) y con prácticas pirófitas. Hoy las hayas van ahogando físicamente a los viejos pinos y a los viejos robles.

EncinaLa encina, en sus variantes de hoja alargada, Quercus ilex L. ssp. ilex y redonda, Quercus ilex L. ssp. rotundifolia (Lam.) O. Schwarz, se encuentra en bastantes lugares del País Vasco, tanto en zonas costeras de suelo somero y calizo, como en cadenas calcáreas del interior de Bizkaia y Gipuzkoa y en las Sierras del Occidente y Sur de Alava. En todos esos lugares ocupa estaciones o localizaciones donde difícilmente sería sustituída por los robles por condiciones de suelo somero y por el haya por condiciones de sequedad. Sólo en la Rioja aparece ya la encina en mejores suelos, aptos opcionalmente también para otras especies, siempre que soporten los límites de humedad de la encina o carrasca. Toponímicamente, los nombres encina y carrasca alternan en castellano sin definición específica unívoca, aunque algunos autores prefieran el nombre encina para la de hoja estrecha y carrasca para la de hoja ancha, predominando la primera en vertiente cantábrica y la segunda en mediterránea.

EncinaHecha la exposición anterior de los sistemas forestales que se extendían por los montes vascos, repasaremos las diversas utilizaciones que de bosques y montes se han hecho hasta el último siglo y que explican su situación evolutiva.

El carácter múltiple de los aprovechamientos forestales y las solicitaciones concurrentes para el uso del suelo del monte no son exclusivos de la sociedad de nuestro tiempo, en que parece apremiar la utilización del espacio, que en los años 1920 y 1930 alcanzó un carácter paroxístico con el "Lebensraum" o espacio vital de los doctrinarios nazis. Enrique IV de Castilla, a 17 de septiembre de 1457, sancionaba para Gipuzkoa la siguiente disposición: "Por quanto esta Provincia es montaña, é tierra fragosa, é non ay si non pocas tierras de labranza de pan, é vino, é por quanto suelen plàtar algunas personas en sus heredades Robres, é Ayas, é Nogales, ó Castañales, ó otros arboles que facè, é son en perjuyzio de las otras tierras, é heredades; por ende. Ordenamos, y mandamos, que Fresnoningunas nin algunas personas non puedan plantar, de aqui adelante, Nogales, nin Castañales, nin Robres, nin Ayas, nin Fresnos mas cerca de tres brazadas de alguna tierra labrada para pan llevar, ó que sea Manzanal, ó Viña, ó Parral, ó huerta, so pena de mil marividis por cada pie, la meytad para la Provincia, é la otra meytad para el acusador".(Ley 1ª del Título XXXVIII de las Leyes y Ordenanzas de la Provincia de Gipuzkoa).

La Ley 2ª del mismo Título establecía una limitación complementaria a la anterior y compensatoria de la misma, diciendo: "Ordenamos, y mandamos, que si alguno plantare Manzanal, Viña, ó huerta, ó Parral, ó sembrare pan en su propia tierra, junto á tierra de algunos, que tuvieren allí, Nogales, Castaños, Robles, Ayas, Fresnos, ó otros arboles puestos, y plantados; no le pueda compeler á que los quite, ó corte, pues lo tenía de antes puestos, y plantados, sino que si viere hacen daño á su Manzanal, Viña, huerta, ó Parral ó pan sembrado, que se recoja, y a parte, ó use del remedio que mejor le pareciere".

El pasto para los ganados supuso siempre aprovechamiento importante, de primera línea conflictiva, candente en las inquietudes de muchos siglos. A 4 de abril de 1406, el apeamiento de la mojonera entre los valles de Aramaio (Álava) y Leintz (Gipuzkoa) comenzaba diciendo: "Nos ambas partes por razon de Pleitos, contiendas, Debates y discordias que han sido y son entre las dichas partes sobre razon de los terminos, moxones y Jurisdicciones que son entre las dhas partes, y tierras de Leniz, y entre la dha tierra de Aramayona, e otro si en razon del derecho de pacer las Yerbas, y beber las aguas con sus ganados e comer la lande, la vellota e la hó, con puercos sobre que han corrido entre nos pleitos contiendas y otras discordias..."

Durante toda la Edad Moderna el aprovechamiento de madera, leña y pastos de los montes públicos por parte de los vecinos estuvo estrictamente regulado. Como muestra de dicha regulación, en las "hordenanzas de la Comunidad de rramuza Yurçacuza", sita en Álava y perteneciente a la villa de Lagrán (Álava) y los lugares de Obécuri y Baxauri (Treviño), redactadas a 10 de junio de 1647, decía su Capítulo 1: "Primeramente ordenaron y mandaron que en los dichos montes derramuza eurçacuza Ninguno de los concexos vecino ni abitante sea osado de cortar aYa ni rrobre ni rrama Para vender salvo para edifiçios de sus casas Y para ceradura de sus eredades pueda cortar=so pena quel que lo contrario Yciere Page de pena cién mrs." El Capítulo 5 disponía: "otrosi hordenaron y mandaron quel ganado mayor tenga de coto en la yerba de día dos mers y de noche el doblo fasta diez cabeças Y de diez cabeças ariba sea tenido Por çuron Y el tal zuron tenga un Real de pena esto fuera de las dessas Y en las dessas dos Reales Y que el ganado menor tenga la metad de coto Y se entiénda zuron de veinte cabeças ariba". Otros Capítulos regulaban también el aprovechamiento de bellota por el ganado de cerda ("la Porquería en la grana"), tanto propio de los vecinos como de otros concejos ("ganado de jerique") y el caballar, dada la peculiaridad alimenticia de estas especies no rumiantes.

ValderejoUn aprovechamiento forestal, que incidiría grandemente en el manejo del bosque y en su método de explotación, fue el de la materia prima para ferrerías. Ya en el documento conocido como el de la Voluntaria Entrega de la Tierra de Álava a la Corona de Castilla, en 1332, Alfonso XI otorgaba: "Otrossi nos pidieron por mercet que les otorgassemos que nos nin otro por nos non pongamos fferreinos en Alaua por que los montes non se yermen nin se astinguen. Tenemos lo por bien t otorgamos lo."

En la vertiente cantábrica del país y zona de la divisoria, el fuerte aprovechamiento para ferrerías de siglos posteriores hizo que se establecieran limitaciones, como en la Ordenanza aprobada por las Juntas Generales de Gipuzkoa a 10 de mayo de 1552 que preveía reservar cada 40 codos un roble, en aquellas cortas destinadas a carboneo, a fin de proveer madera para construcción naval y de edificios. Las mismas Juntas, en Ordenanza confirmada por Provisión Real a 11 de abril de 1670, disponían que los concejos no permitiesen la corta de robles ni otros árboles trasmochaderos o bravos por el pie para carbón, de no estar envejecidos o inútiles.

La producción de carbón vegetal para las ferrerías alcanzó gran importancia en los siglos XVII, XVIII y XIX, llegando dicho aprovechamiento hasta la primera mitad del siglo XX, siendo el último ejemplo de consumo industrial el del horno alto de carbón vegetal de Ajuria y Urigoitia, en Araia (Álava). De la importancia del consumo de madera en la producción de las ferrerías nos habla el que para obtener 100 kg de hierro se necesitaban 500 kg de madera de haya, roble o encina. Se estima que en Gipuzkoa y entre 1650 y 1814, el consumo de madera para ferrerías representaba la renta anual en madera correspondiente a unas 20-25.000 hectáreas de bosque. El monte bajo ha quedado en algunos macizos montañosos, principalmente de Gipuzkoa, como testigo de dichos aprovechamientos.

En toda la Edad Moderna (1453-1789) y hasta bien mediado el siglo XIX en el País Vasco, como relataba Pedro Bernardo Villa-Real de Berriz en 1736 en su libro "Maquinas Hydraulicas de Molinos, y Herrerias, y govierno de los Arboles, y Montes de Vizcaya": "los arboles mas estimados, y de mas provecho de sus Montes, son el Roble, y el Castaño, de tal manera, que apenas se procura criar otros arboles; y con razon, porque sobre traer castaña, y bellota, tienen buena madera, y tabla para fabricas de casas, y Navios, ademàs del carbon."

El siglo XVIII, siglo de la Ilustración, siglo de las luces, fomentará las plantaciones para abastecer la demanda del mercado de la madera para construcción, sobre todo construcción naval. La Marina, tanto de guerra como comercial, era la clave del mantenimiento de los imperios. La importancia de los astilleros de Gipuzkoa hizo que sus Juntas Generales, a 26 de septiembre de 1738, adoptaran un AyalaReglamento u Ordenanza de Montes, que fomentaba las plantaciones, a razón de 10 robles anuales por fuego e indicaba que no se redujeran a trasmochos las plantaciones de robles que estuvieran en hoyadas a una legua del mar.

1748 iba a ser un año importante en la legislación forestal del Reino de España. Por sendas Ordenanzas Reales, de 31 de enero de 1748, "para la Conservación y aumento de los Montes de Marina" y de 7 de diciembre de 1748, "para el aumento y Conservación de Montes y Plantíos", Fernando VI, siguiendo la senda borbónica marcada años atrás por Luis XIV en Francia, siendo el marqués de la Ensenada secretario de Hacienda, Guerra, Marina e Indias, intenta regular y fomentar la producción maderera de los montes del reino. Estas disposiciones, si bien suponían una puesta a punto de prácticas anteriores, resultaban, en cierto modo, más rígidas, toda vez que se debía procurar una mayor producción de madera y de más calidad que anteriormente, por lo que su cumplimiento no estuvo exento de reticencias y en el caso del País Vasco de filigranas forales.

La Ordenanza Real de 31 de enero de 1748, para los Montes de Marina, preveía su aplicación en las jurisdicciones municipales de prácticamente toda Gipuzkoa, así como en los montes del corregimiento del Señorío de Bizkaia, que incluía Elgeta (Gipuzkoa) y Altube (Álava). Dada la proximidad de la fecha de aprobación de la Ordenanza de Gipuzkoa y los problemas que suscitaba la aplicación de la Ordenanza Real, tras solicitar Gipuzkoa que no se aplicara en su territorio esta última, Fernando VI confirmó, a 28 de junio de 1749, la vigencia del Reglamento de 1738, mediante Real Ordenanza particular de Montes, que en su capítulo IX decía: "Que para que haya árboles aptos para bageles, sea invariable la providencia octava del Reglamento de 1738 en los parajes que disten menos de una legua al mar y sólo puedan reducirse a trasmochos los dos tercios de las plantaciones en el interior de la provincia, dejando la tercera parte restante para árboles bravos".

El requerimiento de árboles para la Marina, que era el objetivo fundamental de la Ordenanza Real de 31 de enero de 1748, se mitigaba en la misma ordenanza, en aras al equilibrio de aprovechamientos y usos y así el capítulo XXX decía: "Porque la absoluta prohibición de cortar maderas y árboles podría ser perjudicial a mis vasallos, faltándoles el material necesario para la fábrica y reparación de sus casas, para molinos y otras cosas de preciso consumo de maderas, cuya falta deseo no experimenten: los intendentes mandarán a sus subdelegados que permitan la corta de árboles que huvieren menester..." La Ordenanza de Montes de Bizkaia de 18 de julio de 1752, adaptando la Ordenanza Real, adecuaba dicha disposición a los usos y fuero del Señorío, disponiendo el capítulo XI de esta ordenanza: "Respecto de que la conservación de los ingenios reales del fierro en las ferrerías es del mayor servicio de su Majestad, como también la fábrica de vageles y barcos que sirven a la conducción de vena y pesca para la manutención de ellas y al transporte de maderamen para las reales fábricas y al tráfico y comercio, sin el qual por la natural esterilidad no puede subsistir este país en el que se cría y ejercita la marinería que tanto importa al Real Servicio y honor de la Nación, y que también es precisa la subsistencia de molinos, puentes y cassas, se ha de entender que sólo para estos fines todos del servicio del Rey, utilidad y beneficio común del Señorío, se puedan cortar los árboles brabos que fueren precisos de cualquier calidad o especie que sean; pero se prohíbe la corta para otros efectos que los que van expresados..."

SalvadaEl usufructo arbóreo de los vecinos en los montes del común fue objeto de atención específica de las ordenanzas vascas de montes, tanto en sus necesidades de madera de construcción para edificios y aperos, como de leña para hogares o fogueras, autorizando también plantaciones particulares en el monte común. La ordenanza de Montes de Bizkaia de 1752, por ejemplo, decía en su capítulo VI: "Siguiendo la práctica tomada de la ley primera título veinte y cinco del fuero quando qualquier vecino hiciere plantío de árboles en egido común no ha de adquirir dominio ni propiedad ni possesión del sitio para otra cosa que el fruto que en el interior produxere, quedando todos los demás derechos reservados para el pueblo en común y sus vecinos naturales". Su capítulo VII añadía: "Por ser muy corto el terreno útil en este Señorío despoblado de árboles y proporcionado al plantío y cría de ellos, se ha de aplicar el mayor cuidado para el lleno, de suerte que cada vecino haya de plantar por lo menos quatro cagigos de sus calidades referidas, anual a indispensablemente..., como hasta aquí se ha practicado en lo que va corriendo este siglo por repetidos acuerdos de Juntas Generales con beneficio común..."

Dos cuestiones merecen destacarse aquí: por un lado el fomento de plantaciones, tanto para uso público o común, como para uso particular en terreno común y por otro el cuidado en el mantenimiento de la propiedad pública, que los avatares del siglo XIX harán oscilar y tambalear.

También procede que reflexionemos acerca de la curiosidad del trasmochado de los árboles en el País Vasco en esa época. Los requerimientos de madera de calidad y dimensión determinada para la Marina y las necesidades para otras utilidades públicas y particulares supusieron una colisión de intereses y parecen haber forzado la tendencia al trasmochado de los árboles en buena parte de la zona cantábrica y más poblada del país. Quizá la única excepción importante al trasmochado sea el bosque de Altube. En el haya la práctica del descabezamiento fue casi general y duró hasta la década de 1950. En los robles se reservaban algunos árboles bravos, en general los mejores. Puede ser mera coincidencia geográfica-histórica y de costumbres asociadas, pero en Alava se observa una superposición de las zonas donde se conservó la lengua vasca hasta tiempos recientes y el trasmochado de los árboles (municipios de Legutiano y Zigoitia).

La roturación de la vegetación natural del monte para cultivo agrícola sería una de las primeras actividades del hombre asentado en el campo, a fin de proveer a las necesidades de cultivos alimentarios. La roturación de montes públicos solía conllevar una compensación a favor del mantenimiento de arbolado en el monte. Así la Ordenanza de Montes de Gipuzkoa de 1670 preveía la cesión de terrenos concejiles a los agricultores para su roturación, con la obligación de plantar 6 robles o castaños por cada fanega roturada. En otras ocasiones, la compensación se preveía mediante siembra de semilla de especies arbóreas, como se recogía, por ejemplo, en la "Provision del Consejo concediendo el rompimiento hecho por el Concejo, y vecinos del Lugar de Lezama trra. de Ayala (Álava), en el Monte llamado de Sn. Pedro de Beraza, y facultad pa. romper lo restante de el vajo la precisa condizon. de que alos 5 años de roturado dho. trrno, y preparado se proceda àla plantazon del citado Monte de vellota util", del año 1799.

UrkiolaEl incremento demográfico, notable al final de la Edad Moderna y en el siglo XIX, supuso una fuerte presión sobre el monte, conduciendo, sobre todo en las regiones de caserío disperso, como es el caso de la vertiente cantábrica, a una agriculturización de buena parte de los montes accesibles, a una con el establecimiento ascendente de los caseríos por las laderas montanas. Sólo entre 1814 y 1833 se establecieron en Gipuzkoa 300 caseríos nuevos.

La privatización de montes públicos alcanza importancia en el siglo XIX, como consecuencia de la venta de bienes para pago de deudas contraídas por las entidades, principalmente a causa de guerras que afectaron al País Vasco, como las de la Convención (1793-95), de la Independencia (1808-13) y 1ª Guerra Carlista (1833-35). Planteamientos de filosofía económica individualista favorecieron la continuación del proceso privatizador como ocurrió en España con las leyes desamortizadoras de Alvarez Mendizábal (1836) y Espartero y O´Donnell (1855). La introducción posterior de especies de crecimiento rápido coadyuvó, en ocasiones, a la codicia y a propiciar intrusiones permanentes en montes públicos.

Los montes vascos a mediados del XIX estaban al descubierto. Así la memoria presentada por el Diputado General de Álava, Pedro de Egaña, a 22 de noviembre de 1865, decía: "El lamentable estado en que quedaron los montes al terminar la guerra civil, y los hábitos destructores que durante aquella época se adquirieron, obligaron á restringir las autorizaciones de cortas (en montes públicos) que anualmente se hacian para combustibles de las fogueras, reduciendo las sacas á un número determinado de dias, á fin de inspeccionar con alguna facilidad esta operación; encargóse al propio tiempo mucha circunspección en los clareos y limpias; y se prohibió el arranque hasta de los arbustos perjudiciales á la vejetación de las buenas especies..." y proponía a la Junta General la adopción de las siguientes medidas: "1ª los Ayuntamientos y concejos... señalarán anualmente trozos de los montes mas próximos a los pueblos en que broten espontaneamente plantas de buenas especies, para que queden vedados de la entrada del ganado..." "2ª los pueblos en cuyos montes no haya vejetación espontánea de plantas de buena especie capaces de constituir bosques de clases satisfactorias, procederán al señalamiento de terrenos, que deberán sembrarse precisamente de roble, aya, encina ó especies resinosas (es en esta época cuando comienza su fomento en el país), según que mejor se acomode a las condiciones del suelo y su clima, quedando tambien vedados de la entrada del ganado".

Ya Villa-Real de Berriz en 1736 nos había advertido de las dificultades de plantación de algunos lugares: "Quando huviere que plantar una Sierra pelada, ò argomàl, en que no aya arbol alguno, viene lo que se planta con grande dificultad." Todavía la silvicultura estaba en sus albores y no se había analizado y difundido el carácter frugal y pionero de los pinos, entre otras especies.

En el último tercio del siglo XIX Mario Adán de Yarza comenzó sus ensayos de plantación en monte con pino "insignis" y ciprés "macrocarpa" en Amoroto (Bizkaia), con los resultados positivos de rendimiento que todos conocemos y que han hecho de Pinus radiata D. Don, en los lugares en que es factible su plantación satisfactoria, una de las especies punteras de la forestería mundial.

Llegamos ya a nuestro tablero de ajedrez. El monte vasco con la distribución de propiedad actual, convertido paisajísticamente en un monte-jardín, sobre todo en la vertiente cantábrica, con múltiples parcelas a la espera de actuar sobre ellas.

Esa ha sido la situación a lo largo de todo el siglo XX, cambiando sólo el uso de las parcelas del monte-jardín en el sentido general de una mayor forestación y en los últimos 15 años con una mayor diversificación de las especies arbóreas empleadas.

La diversificación atiende a los condicionantes del clima, suelo y orientación de la parcela. La existencia y abundancia de algunas especies naturales auxiliares, tanto arbóreas, como arbustivas y herbáceas en su caso, pueden orientar hacia los árboles a emplear en la plantación. (Me referiré sólo a los alóctonos, pues los autóctonos aparecen directamente al observador). Así, en zonas de montaña, la presencia de Cytisus scoparius (L.) Link (retama de escobas/isats), indicadora de suelos sueltos y relativamente profundos, hace aconsejable el empleo de Pseudotsuga menziesii (Mirb.) Franco. Erica arborea L. (brezo blanco/astilar), nos da una indicación similar, aunque de suelo más austero y de transición hacia los pinares. Ulex L. (argoma/ote) es propia de suelos francos o franco-arenosos, ocupando suelos propicios al género Pinus L. El listado sería largo y prolijo, más propio de una consulta técnica que de una exposición genérica.

Foresta. Propiedad privada y propiedad pública. Producción de bienes directos y medibles, como la madera y el ganado en el pasto (¿aprovechados ambos por el mismo propietario?). Producción de bienes en cascada para la sociedad (absorción del carbono atmosférico, conservación del suelo, regulación de las aguas, fauna forestal, disfrute, recreo y paisaje).

Los forestalistas vascos son hoy, ante los montes y bosques del siglo XXI, como los fisiócratas del siglo XVIII, verdaderos Caballeritos de Azkoitia de nuestro tiempo. La sociedad os espera, en una espera mutua y de confianza cada vez más asentada.

Bibliografía y documentos consultados


ADAN DE YARZA, M. (1913): La repoblación forestal en el País Vasco. Conferencia de 29 de julio de 1913, en Tolosa, publicada por la Asociación de Propietarios Forestales del País Vasco-Vizcaya.

  • ASCASIBAR, J. (1993): Contribución de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, a la difusión de la selvicultura en el último tercio del siglo XVIII. Discurso de ingreso en la R.S.B.A.P., a 25 de mayo de 1993. San Sebastián.
  • FERNANDEZ ALBADALEJO, P. (1975): La crisis del Antiguo Régimen en Guipúzcoa, 1776-1833: cambio económico e historia. Akal Editor. Madrid.
  • LHANDE, P. (1926): Dictionnaire Basque-Français. Gabriel Beauchesne. Paris.
  • LÓPEZ DE ZANDATEGUI, C. y CRUZAT, L. (1583): Recopilación de Leyes y Ordenanzas de la M.N. y M.L. Provincia de Guipúzcoa. Publicación de la Diputación Foral de Guipúzcoa, 1983. San Sebastián.
  • MICHELENA, L. (1955): Apellidos vascos. 2ª edición. Biblioteca Vascongada de los Amigos del País. San Sebastián.
  • MUGICA BERRONDO, P. (1981): Diccionario Vasco-Castellano (Tomo I). Editorial Mensajero. Bilbao.
  • MUTILOA PLAZA, J. (1971): La desamortización civil en Vizcaya y Provincias Vascongadas. Estudios Vizcaínos, año II, nº 4, págs. 211-344.
  • VILLA-REAL DE BERRIZ, P.B. (1736): Maquinas Hydraulicas de Molinos, y Herrerias, y govierno de los Arboles, y Montes de Vizcaya. Madrid.
  • Hordenanzas derramuza Yurçacuza de 10 de junio de 1647. Fotocopia del original obrante en el Servicio de Montes, Diputación Foral de Álava.
  • Memoria presentada por el Diputado General de Álava, Pedro de Egaña, a 22 de noviembre de 1865, a la Comisión Provincial de Montes y Plantíos. Copia obrante en el Servicio de Montes, Diputación Foral de Álava.
  • Ordenanza de Montes de Bizkaia, de 18 de julio de 1752. Copia manuscrita del Archivo General de Gipuzkoa: Sección 2, neg. 17, leg. 44.
  • Ordenanzas y Leyes con que se gobierna esta M.N. y M. L. Provincia de Alava, confirmadas por el Rey Dn. Enrique Quarto en el año de 1458. Copia de 1789. Archivo Provincial de Álava: Signatura DH 156-3.
  • Provisión del Consejo concediendo el rompimiento hecho por el Concejo, y vecinos del Lugar de Lezama, trra. De Ayala, en el Monte llamado de San Pedro de Beraza...Archivo Provincial de Álava: Signatura DH 705-13.
  • Real Ordenanza para la Conservación y aumento de los Montes de Marina, de 31 de enero de 1748. Copia impresa del Archivo General de Gipuzkoa: Sección 2, neg. nº 17, leg. 36.

Manuel Mª Ruiz Urrestarazu, Director de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava

Euskonews & Media 108.zbk (2001 / 1-26 / 2-2)


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