El
monte y el bosque van íntimamente unidos. El mejor manejo
de ambos por el hombre, en el conocimiento de la Naturaleza y
la evolución de sus sistemas, representa la conjunción
armónica del monte y del bosque.
El
País Vasco parece consustancial con un monte rico en bosques,
tanto en cantidad como en calidad. Variedad y riqueza es una integral
que buscan y desean los forestales vascos.
¿Cómo
han sido y cómo son los montes y bosques de nuestro entorno?.
Por ponernos
un marco temporal redondo, en esta exposición nos ceñiremos
a los últimos dos mil años de la Era Cristiana.
¿Montes vírgenes
ó montes animados? Qué duda cabe que el hombre ha
modelado su entorno desde la más remota antigüedad
y desde luego ya en tiempos de la colonización ó
culturización romana.
De ese remoto
pasado haremos unas pinceladas someras, acordes con la información
que conocemos de aquellos tiempos. Las crónicas hablan
salpicada e incidentalmente del recurso monte y del recurso bosque
y en general de su relación directa con los avatares económicos
del hombre de la época.
El monte como
soporte y en tiempos históricos ha variado relativamente
poco en su aspecto orográfico o de relieve, si bien ha
habido procesos erosivos de importancia en la vertiente mediterránea,
perceptibles sobre todo en Navarra, por ceñirnos al ámbito
cultural e histórico de Vasconia, ya que en Aragón
y Cataluña aún son más aparentes. Recordemos
que Tortosa, en la desembocadura del Ebro, era puerto de mar en
época romana y hoy queda tierra adentro, desde que en la
Baja Edad Media se formara el actual Delta del Ebro, producto
de la erosión de su cuenca al disminuir los bosques de
los montes que constituían la misma.
La
cubierta vegetal fue evolucionando paulatinamente. El bosque inicial,
presuntamente variado y omnipresente, fue perdiendo la aspereza
externa de su apariencia selvática, permeabilizando su
impenetrabilidad y aclarando y rarificando su arbolado, a una
con la animación de su bosque. El bosque para el hombre
andarín del pasado fue un bosque animado, frecuentado,
mucho menos virgen que nuestros deseos de pureza y bucolismo han
imaginado periódicamente, buscando una autenticidad a la
que asirnos, con ansias de protección y referencia.
Como reflejo
del carácter selvático y al mismo tiempo de bosque
animado, que tenían algunas montañas vascas, podemos
leer un fragmento del Capítulo 26 de las Leyes y Ordenanzas
de la Provincia de Alava, aprobadas a 6 de febrero de 1417 por
Catalina de Lancaster (madre de Juan II de Castilla y regente
en su minoría de edad) y confirmadas por Enrique IV a 22
de marzo de 1458. Leemos lo siguiente: "Otrosi ordenamos que
por razón que los maleficios è los malfechores se
suelen acoger al monte de Encia, è á los otros montes
è logares yermos..." Sería en cierto modo nuestro
bosque de Sherwood particular.
De la importancia
de los distintos tipos de bosque y de sus árboles, de sus
especies concretas, nos hablan algunos documentos y sobre todo
la toponimia fijada en tiempos históricos.
De acuerdo con
los nombres que hacen referencia a los árboles y a los
bosques, vemos la importancia de las especies principales: En
primer lugar los robles, siguiéndoles el haya y la encina
y flanqueando a esas especies por el Este y el Oeste los pinares
de pino silvestre. Las especies que convenimos en llamar secundarias
o de acompañamiento han dejado también una impronta
cuantiosa y variada en los nombres de lugar, principalmente en
lengua vasca, pero también en las lenguas romances que
rodean a la lengua vasca como si constituyeran, al mismo tiempo,
un cuenco receptor y sustentante de ésta, desde un punto
de vista geográfico e histórico.
Los
robles de hoja lisa y madera valiosa, que son el roble pedunculado
o de Gernika y el de fruto sentado o de montaña (no digo
roble albar porque en la Montaña Alavesa se le llama roble
albar a Quercus robur L.; es el problema de los cambiantes
nombres vulgares y el peligro de quererlos fijar cuasi-universalmente)
eran los más apreciados y ocupaban tiempo atrás
las tierras más profundas de valles y montes, tanto de
la vertiente cantábrica como de las tierras de interior
de precipitación anual superior a 900 mm anuales y sequía
de verano inferior a un mes.
El roble quejigo,
llamado también gacico en zonas occidentales de Alava,
ocupa colinas y laderas más sufridas que los anteriores
y sus bosques se sitúan preferentemente en tierras alavesas
y navarras. El roble pubescente, con menor presencia en Alava,
aparece en lugares similares, quizá algo mejores en cuanto
a suelo.
El roble tocorno,
conocido en otras zonas lingüísticas castellanas como
rebollo, tocio o marojo, es un roble especial, tanto fisiográficamente,
con su hoja vellosa y de grandes senos o entrantes, como sobre
todo por afeccionar terrenos arenosos y relativamente pobres en
principio, aunque posiblemente por el manejo que el hombre ha
hecho de los bosques de roble pedunculado, a través de
su corta y por medio del uso del fuego con fines ganaderos, al
que resiste mejor el roble tocorno al brotar de raíz ,
ofrece hoy una extensión mayor que la que sería
esperable para su especie, así en la base de Gorbeia, en
Markina y Zarate, en la base de la Sª de Elgea y en la cubeta
de Izki, en Alava, con cepas degeneradas en algunos casos por
el maltrato secular.
El haya es una
de las especies emblemáticas hoy de la montaña vasca.
Su extensión actual parece de las mayores de su historia.
Competidora con los robles en sus franjas de contacto (normalmente
el haya se sitúa por encima del roble en montaña),
avanza a su costa pertrechada de la espesura de la sombra. Por
su ubicación, en lugares relativamente más alejados
de la habitación humana, sus bosques hoy ofrecen mejor
aspecto que los de roble.
El
pino silvestre se encuentra en el Oeste de Alava y en el Este
de Navarra. En el Oeste llega en su expansión hacia el
Este hasta el meridiano de Vitoria (lo sobrepasa en el monte Galbagain,
en Gojain, Legutiano); en el Este hasta el de Pamplona (ladera
NE del monte San Cristóbal). El pueblo de Pinedo, en Valdegovía
(Alava) está citado desde el año 804 con tal nombre.
Los pinares de
pino silvestre que se encuentran hoy a menor cota en la Península
Ibérica se sitúan en los montes del Norte de la
Sierra Salvada, bajando en Artziniega (Alava) hasta los 200 m
de altitud, teniendo la particularidad de que lo hacen en vertiente
cantábrica. Cuestiones climáticas y de aerodinamicidad
en la época de difusión de la semilla explicarían
la presencia de este pino en tales lugares.
La divisoria
de aguas Cantábrico-Mediterráneo, a caballo de las
cuencas de los ríos Altube (Cantábrico) y Bayas
(Mediterráneo), en las estribaciones alavesas de Gorbeia,
nos presenta un legado vivo aún de la posible evolución
de la vegetación del lugar, en función del clima
y de los usos habidos, al menos desde la Edad Moderna. Subiendo
desde Ziorraga, junto al río Altube y siguiendo hacia arriba
el curso de su afluente Erreka-handi, nos encontramos primero
con un bortal de madroños muy viejos, sobre un farallón
rocoso, a unos 400 m de altitud y tras pasar por arbolado disperso
de "garrastos" de roble tocorno, entramos en un robledal donde
alternan los robles pedunculado y de fruto sentado, en el lugar
conocido como Txara y que actualmente constituye una reserva integral
del Parque Natural de Gorbeia, robledal que va siendo hayedo según
subimos en altura para culminar cerca de la divisoria de aguas
con una línea final de arbolado, a los 900 m de altitud,
constituída por hayas, robles de fruto sentado y pinos
silvestres. Los pinos seculares son reliquias vivas de siglos
anteriores en períodos más propicios a su vegetación
( y a la de Quercus petraea (Matts.) Liebl. probablemente),
con un clima más seco, como según los cronistas
ocurrió en el siglo XVI, en que todos los ríos de
España se podían atravesar a pie enjuto o seco,
salvo el Ebro y con una frecuentación ganadera al por menor
(en cabezas por propietario) y con prácticas pirófitas.
Hoy las hayas van ahogando físicamente a los viejos pinos
y a los viejos robles.
La
encina, en sus variantes de hoja alargada, Quercus ilex
L. ssp. ilex y redonda, Quercus ilex L. ssp.
rotundifolia (Lam.) O. Schwarz, se encuentra en bastantes
lugares del País Vasco, tanto en zonas costeras de suelo
somero y calizo, como en cadenas calcáreas del interior
de Bizkaia y Gipuzkoa y en las Sierras del Occidente y Sur de
Alava. En todos esos lugares ocupa estaciones o localizaciones
donde difícilmente sería sustituída por los
robles por condiciones de suelo somero y por el haya por condiciones
de sequedad. Sólo en la Rioja aparece ya la encina en mejores
suelos, aptos opcionalmente también para otras especies,
siempre que soporten los límites de humedad de la encina
o carrasca. Toponímicamente, los nombres encina y carrasca
alternan en castellano sin definición específica
unívoca, aunque algunos autores prefieran el nombre encina
para la de hoja estrecha y carrasca para la de hoja ancha, predominando
la primera en vertiente cantábrica y la segunda en mediterránea.
Hecha
la exposición anterior de los sistemas forestales que se
extendían por los montes vascos, repasaremos las diversas
utilizaciones que de bosques y montes se han hecho hasta el último
siglo y que explican su situación evolutiva.
El carácter
múltiple de los aprovechamientos forestales y las solicitaciones
concurrentes para el uso del suelo del monte no son exclusivos
de la sociedad de nuestro tiempo, en que parece apremiar la utilización
del espacio, que en los años 1920 y 1930 alcanzó
un carácter paroxístico con el "Lebensraum" o espacio
vital de los doctrinarios nazis. Enrique IV de Castilla, a 17
de septiembre de 1457, sancionaba para Gipuzkoa la siguiente disposición:
"Por quanto esta Provincia es montaña, é tierra
fragosa, é non ay si non pocas tierras de labranza de pan,
é vino, é por quanto suelen plàtar algunas
personas en sus heredades Robres, é Ayas, é Nogales,
ó Castañales, ó otros arboles que facè,
é son en perjuyzio de las otras tierras, é heredades;
por ende. Ordenamos, y mandamos, que ningunas
nin algunas personas non puedan plantar, de aqui adelante, Nogales,
nin Castañales, nin Robres, nin Ayas, nin Fresnos mas cerca
de tres brazadas de alguna tierra labrada para pan llevar, ó
que sea Manzanal, ó Viña, ó Parral, ó
huerta, so pena de mil marividis por cada pie, la meytad para
la Provincia, é la otra meytad para el acusador".(Ley
1ª del Título XXXVIII de las Leyes y Ordenanzas de la Provincia
de Gipuzkoa).
La Ley 2ª del
mismo Título establecía una limitación complementaria
a la anterior y compensatoria de la misma, diciendo: "Ordenamos,
y mandamos, que si alguno plantare Manzanal, Viña, ó
huerta, ó Parral, ó sembrare pan en su propia tierra,
junto á tierra de algunos, que tuvieren allí, Nogales,
Castaños, Robles, Ayas, Fresnos, ó otros arboles
puestos, y plantados; no le pueda compeler á que los quite,
ó corte, pues lo tenía de antes puestos, y plantados,
sino que si viere hacen daño á su Manzanal, Viña,
huerta, ó Parral ó pan sembrado, que se recoja,
y a parte, ó use del remedio que mejor le pareciere".
El pasto para
los ganados supuso siempre aprovechamiento importante, de primera
línea conflictiva, candente en las inquietudes de muchos
siglos. A 4 de abril de 1406, el apeamiento de la mojonera entre
los valles de Aramaio (Álava) y Leintz (Gipuzkoa) comenzaba
diciendo: "Nos ambas partes por razon de Pleitos, contiendas,
Debates y discordias que han sido y son entre las dichas partes
sobre razon de los terminos, moxones y Jurisdicciones que son
entre las dhas partes, y tierras de Leniz, y entre la dha tierra
de Aramayona, e otro si en razon del derecho de pacer las Yerbas,
y beber las aguas con sus ganados e comer la lande, la vellota
e la hó, con puercos sobre que han corrido entre nos pleitos
contiendas y otras discordias..."

Durante toda
la Edad Moderna el aprovechamiento de madera, leña y pastos
de los montes públicos por parte de los vecinos estuvo
estrictamente regulado. Como muestra de dicha regulación,
en las "hordenanzas de la Comunidad de rramuza Yurçacuza",
sita en Álava y perteneciente a la villa de Lagrán
(Álava) y los lugares de Obécuri y Baxauri (Treviño),
redactadas a 10 de junio de 1647, decía su Capítulo
1: "Primeramente ordenaron y mandaron que en los dichos montes
derramuza eurçacuza Ninguno de los concexos vecino ni abitante
sea osado de cortar aYa ni rrobre ni rrama Para vender salvo para
edifiçios de sus casas Y para ceradura de sus eredades
pueda cortar=so pena quel que lo contrario Yciere Page de pena
cién mrs." El Capítulo 5 disponía: "otrosi
hordenaron y mandaron quel ganado mayor tenga de coto en la yerba
de día dos mers y de noche el doblo fasta diez cabeças
Y de diez cabeças ariba sea tenido Por çuron Y el
tal zuron tenga un Real de pena esto fuera de las dessas Y en
las dessas dos Reales Y que el ganado menor tenga la metad de
coto Y se entiénda zuron de veinte cabeças ariba".
Otros Capítulos regulaban también el aprovechamiento
de bellota por el ganado de cerda ("la Porquería en
la grana"), tanto propio de los vecinos como de otros concejos
("ganado de jerique") y el caballar, dada la peculiaridad
alimenticia de estas especies no rumiantes.
Un
aprovechamiento forestal, que incidiría grandemente en
el manejo del bosque y en su método de explotación,
fue el de la materia prima para ferrerías. Ya en el documento
conocido como el de la Voluntaria Entrega de la Tierra de Álava
a la Corona de Castilla, en 1332, Alfonso XI otorgaba: "Otrossi
nos pidieron por mercet que les otorgassemos que nos nin otro
por nos non pongamos fferreinos en Alaua por que los montes non
se yermen nin se astinguen. Tenemos lo por bien t otorgamos lo."
En la vertiente
cantábrica del país y zona de la divisoria, el fuerte
aprovechamiento para ferrerías de siglos posteriores hizo
que se establecieran limitaciones, como en la Ordenanza aprobada
por las Juntas Generales de Gipuzkoa a 10 de mayo de 1552 que
preveía reservar cada 40 codos un roble, en aquellas cortas
destinadas a carboneo, a fin de proveer madera para construcción
naval y de edificios. Las mismas Juntas, en Ordenanza confirmada
por Provisión Real a 11 de abril de 1670, disponían
que los concejos no permitiesen la corta de robles ni otros árboles
trasmochaderos o bravos por el pie para carbón, de no estar
envejecidos o inútiles.
La producción
de carbón vegetal para las ferrerías alcanzó
gran importancia en los siglos XVII, XVIII y XIX, llegando dicho
aprovechamiento hasta la primera mitad del siglo XX, siendo el
último ejemplo de consumo industrial el del horno alto
de carbón vegetal de Ajuria y Urigoitia, en Araia (Álava).
De la importancia del consumo de madera en la producción
de las ferrerías nos habla el que para obtener 100 kg de
hierro se necesitaban 500 kg de madera de haya, roble o encina.
Se estima que en Gipuzkoa y entre 1650 y 1814, el consumo de madera
para ferrerías representaba la renta anual en madera correspondiente
a unas 20-25.000 hectáreas de bosque. El monte bajo ha
quedado en algunos macizos montañosos, principalmente de
Gipuzkoa, como testigo de dichos aprovechamientos.
En toda la Edad
Moderna (1453-1789) y hasta bien mediado el siglo XIX en el País
Vasco, como relataba Pedro Bernardo Villa-Real de Berriz en 1736
en su libro "Maquinas Hydraulicas de Molinos, y Herrerias,
y govierno de los Arboles, y Montes de Vizcaya": "los arboles
mas estimados, y de mas provecho de sus Montes, son el Roble,
y el Castaño, de tal manera, que apenas se procura criar
otros arboles; y con razon, porque sobre traer castaña,
y bellota, tienen buena madera, y tabla para fabricas de casas,
y Navios, ademàs del carbon."
El siglo XVIII,
siglo de la Ilustración, siglo de las luces, fomentará
las plantaciones para abastecer la demanda del mercado de la madera
para construcción, sobre todo construcción naval.
La Marina, tanto de guerra como comercial, era la clave del mantenimiento
de los imperios. La importancia de los astilleros de Gipuzkoa
hizo que sus Juntas Generales, a 26 de septiembre de 1738, adoptaran
un Reglamento
u Ordenanza de Montes, que fomentaba las plantaciones, a razón
de 10 robles anuales por fuego e indicaba que no se redujeran
a trasmochos las plantaciones de robles que estuvieran en hoyadas
a una legua del mar.
1748 iba a ser
un año importante en la legislación forestal del
Reino de España. Por sendas Ordenanzas Reales, de 31 de
enero de 1748, "para la Conservación y aumento de los
Montes de Marina" y de 7 de diciembre de 1748, "para el
aumento y Conservación de Montes y Plantíos",
Fernando VI, siguiendo la senda borbónica marcada años
atrás por Luis XIV en Francia, siendo el marqués
de la Ensenada secretario de Hacienda, Guerra, Marina e Indias,
intenta regular y fomentar la producción maderera de los
montes del reino. Estas disposiciones, si bien suponían
una puesta a punto de prácticas anteriores, resultaban,
en cierto modo, más rígidas, toda vez que se debía
procurar una mayor producción de madera y de más
calidad que anteriormente, por lo que su cumplimiento no estuvo
exento de reticencias y en el caso del País Vasco de filigranas
forales.
La Ordenanza
Real de 31 de enero de 1748, para los Montes de Marina, preveía
su aplicación en las jurisdicciones municipales de prácticamente
toda Gipuzkoa, así como en los montes del corregimiento
del Señorío de Bizkaia, que incluía Elgeta
(Gipuzkoa) y Altube (Álava). Dada la proximidad de la fecha
de aprobación de la Ordenanza de Gipuzkoa y los problemas
que suscitaba la aplicación de la Ordenanza Real, tras
solicitar Gipuzkoa que no se aplicara en su territorio esta última,
Fernando VI confirmó, a 28 de junio de 1749, la vigencia
del Reglamento de 1738, mediante Real Ordenanza particular de
Montes, que en su capítulo IX decía: "Que para
que haya árboles aptos para bageles, sea invariable la
providencia octava del Reglamento de 1738 en los parajes que disten
menos de una legua al mar y sólo puedan reducirse a trasmochos
los dos tercios de las plantaciones en el interior de la provincia,
dejando la tercera parte restante para árboles bravos".
El requerimiento
de árboles para la Marina, que era el objetivo fundamental
de la Ordenanza Real de 31 de enero de 1748, se mitigaba en la
misma ordenanza, en aras al equilibrio de aprovechamientos y usos
y así el capítulo XXX decía: "Porque la
absoluta prohibición de cortar maderas y árboles
podría ser perjudicial a mis vasallos, faltándoles
el material necesario para la fábrica y reparación
de sus casas, para molinos y otras cosas de preciso consumo de
maderas, cuya falta deseo no experimenten: los intendentes mandarán
a sus subdelegados que permitan la corta de árboles que
huvieren menester..." La Ordenanza de Montes de Bizkaia de
18 de julio de 1752, adaptando la Ordenanza Real, adecuaba dicha
disposición a los usos y fuero del Señorío,
disponiendo el capítulo XI de esta ordenanza: "Respecto
de que la conservación de los ingenios reales del fierro
en las ferrerías es del mayor servicio de su Majestad,
como también la fábrica de vageles y barcos que
sirven a la conducción de vena y pesca para la manutención
de ellas y al transporte de maderamen para las reales fábricas
y al tráfico y comercio, sin el qual por la natural esterilidad
no puede subsistir este país en el que se cría y
ejercita la marinería que tanto importa al Real Servicio
y honor de la Nación, y que también es precisa la
subsistencia de molinos, puentes y cassas, se ha de entender que
sólo para estos fines todos del servicio del Rey, utilidad
y beneficio común del Señorío, se puedan
cortar los árboles brabos que fueren precisos de cualquier
calidad o especie que sean; pero se prohíbe la corta para
otros efectos que los que van expresados..."
El
usufructo arbóreo de los vecinos en los montes del común
fue objeto de atención específica de las ordenanzas
vascas de montes, tanto en sus necesidades de madera de construcción
para edificios y aperos, como de leña para hogares o fogueras,
autorizando también plantaciones particulares en el monte
común. La ordenanza de Montes de Bizkaia de 1752, por ejemplo,
decía en su capítulo VI: "Siguiendo la práctica
tomada de la ley primera título veinte y cinco del fuero
quando qualquier vecino hiciere plantío de árboles
en egido común no ha de adquirir dominio ni propiedad ni
possesión del sitio para otra cosa que el fruto que en
el interior produxere, quedando todos los demás derechos
reservados para el pueblo en común y sus vecinos naturales".
Su capítulo VII añadía: "Por ser muy corto
el terreno útil en este Señorío despoblado
de árboles y proporcionado al plantío y cría
de ellos, se ha de aplicar el mayor cuidado para el lleno, de
suerte que cada vecino haya de plantar por lo menos quatro cagigos
de sus calidades referidas, anual a indispensablemente..., como
hasta aquí se ha practicado en lo que va corriendo este
siglo por repetidos acuerdos de Juntas Generales con beneficio
común..."
Dos cuestiones
merecen destacarse aquí: por un lado el fomento de plantaciones,
tanto para uso público o común, como para uso particular
en terreno común y por otro el cuidado en el mantenimiento
de la propiedad pública, que los avatares del siglo XIX
harán oscilar y tambalear.
También
procede que reflexionemos acerca de la curiosidad del trasmochado
de los árboles en el País Vasco en esa época.
Los requerimientos de madera de calidad y dimensión determinada
para la Marina y las necesidades para otras utilidades públicas
y particulares supusieron una colisión de intereses y parecen
haber forzado la tendencia al trasmochado de los árboles
en buena parte de la zona cantábrica y más poblada
del país. Quizá la única excepción
importante al trasmochado sea el bosque de Altube. En el haya
la práctica del descabezamiento fue casi general y duró
hasta la década de 1950. En los robles se reservaban algunos
árboles bravos, en general los mejores. Puede ser mera
coincidencia geográfica-histórica y de costumbres
asociadas, pero en Alava se observa una superposición de
las zonas donde se conservó la lengua vasca hasta tiempos
recientes y el trasmochado de los árboles (municipios de
Legutiano y Zigoitia).
La roturación
de la vegetación natural del monte para cultivo agrícola
sería una de las primeras actividades del hombre asentado
en el campo, a fin de proveer a las necesidades de cultivos alimentarios.
La roturación de montes públicos solía conllevar
una compensación a favor del mantenimiento de arbolado
en el monte. Así la Ordenanza de Montes de Gipuzkoa de
1670 preveía la cesión de terrenos concejiles a
los agricultores para su roturación, con la obligación
de plantar 6 robles o castaños por cada fanega roturada.
En otras ocasiones, la compensación se preveía mediante
siembra de semilla de especies arbóreas, como se recogía,
por ejemplo, en la "Provision del Consejo concediendo el rompimiento
hecho por el Concejo, y vecinos del Lugar de Lezama trra. de Ayala
(Álava), en el Monte llamado de Sn. Pedro de Beraza, y
facultad pa. romper lo restante de el vajo la precisa condizon.
de que alos 5 años de roturado dho. trrno, y preparado
se proceda àla plantazon del citado Monte de vellota util",
del año 1799.
El
incremento demográfico, notable al final de la Edad Moderna
y en el siglo XIX, supuso una fuerte presión sobre el monte,
conduciendo, sobre todo en las regiones de caserío disperso,
como es el caso de la vertiente cantábrica, a una agriculturización
de buena parte de los montes accesibles, a una con el establecimiento
ascendente de los caseríos por las laderas montanas. Sólo
entre 1814 y 1833 se establecieron en Gipuzkoa 300 caseríos
nuevos.
La privatización
de montes públicos alcanza importancia en el siglo XIX,
como consecuencia de la venta de bienes para pago de deudas contraídas
por las entidades, principalmente a causa de guerras que afectaron
al País Vasco, como las de la Convención (1793-95),
de la Independencia (1808-13) y 1ª Guerra Carlista (1833-35).
Planteamientos de filosofía económica individualista
favorecieron la continuación del proceso privatizador como
ocurrió en España con las leyes desamortizadoras
de Alvarez Mendizábal (1836) y Espartero y O´Donnell (1855).
La introducción posterior de especies de crecimiento rápido
coadyuvó, en ocasiones, a la codicia y a propiciar intrusiones
permanentes en montes públicos.
Los montes vascos
a mediados del XIX estaban al descubierto. Así la memoria
presentada por el Diputado General de Álava, Pedro de Egaña,
a 22 de noviembre de 1865, decía: "El lamentable estado
en que quedaron los montes al terminar la guerra civil, y los
hábitos destructores que durante aquella época se
adquirieron, obligaron á restringir las autorizaciones
de cortas (en montes públicos) que anualmente se
hacian para combustibles de las fogueras, reduciendo las sacas
á un número determinado de dias, á fin de
inspeccionar con alguna facilidad esta operación; encargóse
al propio tiempo mucha circunspección en los clareos y
limpias; y se prohibió el arranque hasta de los arbustos
perjudiciales á la vejetación de las buenas especies..."
y proponía a la Junta General la adopción de
las siguientes medidas: "1ª los Ayuntamientos y concejos...
señalarán anualmente trozos de los montes mas próximos
a los pueblos en que broten espontaneamente plantas de buenas
especies, para que queden vedados de la entrada del ganado..."
"2ª los pueblos en cuyos montes no haya vejetación espontánea
de plantas de buena especie capaces de constituir bosques de clases
satisfactorias, procederán al señalamiento de terrenos,
que deberán sembrarse precisamente de roble, aya, encina
ó especies resinosas (es en esta época cuando
comienza su fomento en el país), según que mejor
se acomode a las condiciones del suelo y su clima, quedando tambien
vedados de la entrada del ganado".
Ya Villa-Real
de Berriz en 1736 nos había advertido de las dificultades
de plantación de algunos lugares: "Quando huviere que
plantar una Sierra pelada, ò argomàl, en que no
aya arbol alguno, viene lo que se planta con grande dificultad."
Todavía la silvicultura estaba en sus albores y no se había
analizado y difundido el carácter frugal y pionero de los
pinos, entre otras especies.
En el último
tercio del siglo XIX Mario Adán de Yarza comenzó
sus ensayos de plantación en monte con pino "insignis"
y ciprés "macrocarpa" en Amoroto (Bizkaia), con los resultados
positivos de rendimiento que todos conocemos y que han hecho de
Pinus radiata D. Don, en los lugares en que es factible
su plantación satisfactoria, una de las especies punteras
de la forestería mundial.
Llegamos
ya a nuestro tablero de ajedrez. El monte vasco con la distribución
de propiedad actual, convertido paisajísticamente en un
monte-jardín, sobre todo en la vertiente cantábrica,
con múltiples parcelas a la espera de actuar sobre ellas.
Esa ha sido la
situación a lo largo de todo el siglo XX, cambiando sólo
el uso de las parcelas del monte-jardín en el sentido general
de una mayor forestación y en los últimos 15 años
con una mayor diversificación de las especies arbóreas
empleadas.
La diversificación
atiende a los condicionantes del clima, suelo y orientación
de la parcela. La existencia y abundancia de algunas especies
naturales auxiliares, tanto arbóreas, como arbustivas y
herbáceas en su caso, pueden orientar hacia los árboles
a emplear en la plantación. (Me referiré sólo
a los alóctonos, pues los autóctonos aparecen directamente
al observador). Así, en zonas de montaña, la presencia
de Cytisus scoparius (L.) Link (retama de escobas/isats),
indicadora de suelos sueltos y relativamente profundos, hace aconsejable
el empleo de Pseudotsuga menziesii (Mirb.) Franco. Erica
arborea L. (brezo blanco/astilar), nos da una indicación
similar, aunque de suelo más austero y de transición
hacia los pinares. Ulex L. (argoma/ote) es propia de suelos
francos o franco-arenosos, ocupando suelos propicios al género
Pinus L. El listado sería largo y prolijo, más
propio de una consulta técnica que de una exposición
genérica.
Foresta. Propiedad
privada y propiedad pública. Producción de bienes
directos y medibles, como la madera y el ganado en el pasto (¿aprovechados
ambos por el mismo propietario?). Producción de bienes
en cascada para la sociedad (absorción del carbono atmosférico,
conservación del suelo, regulación de las aguas,
fauna forestal, disfrute, recreo y paisaje).
Los forestalistas
vascos son hoy, ante los montes y bosques del siglo XXI, como
los fisiócratas del siglo XVIII, verdaderos Caballeritos
de Azkoitia de nuestro tiempo. La sociedad os espera, en una espera
mutua y de confianza cada vez más asentada.
Bibliografía
y documentos consultados
ADAN DE YARZA, M. (1913): La
repoblación forestal en el País Vasco. Conferencia
de 29 de julio de 1913, en Tolosa, publicada por la Asociación
de Propietarios Forestales del País Vasco-Vizcaya.
- ASCASIBAR, J. (1993): Contribución
de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País,
a la difusión de la selvicultura en el último
tercio del siglo XVIII. Discurso de ingreso en la R.S.B.A.P.,
a 25 de mayo de 1993. San Sebastián.
- FERNANDEZ ALBADALEJO, P.
(1975): La crisis del Antiguo Régimen en Guipúzcoa,
1776-1833: cambio económico e historia. Akal
Editor. Madrid.
- LHANDE, P. (1926): Dictionnaire
Basque-Français. Gabriel Beauchesne. Paris.
- LÓPEZ DE ZANDATEGUI,
C. y CRUZAT, L. (1583): Recopilación de Leyes
y Ordenanzas de la M.N. y M.L. Provincia de Guipúzcoa.
Publicación de la Diputación Foral de Guipúzcoa,
1983. San Sebastián.
- MICHELENA, L. (1955): Apellidos
vascos. 2ª edición. Biblioteca Vascongada de los
Amigos del País. San Sebastián.
- MUGICA BERRONDO, P. (1981):
Diccionario Vasco-Castellano (Tomo I). Editorial
Mensajero. Bilbao.
- MUTILOA PLAZA, J. (1971):
La desamortización civil en Vizcaya y Provincias
Vascongadas. Estudios Vizcaínos, año
II, nº 4, págs. 211-344.
- VILLA-REAL DE BERRIZ, P.B.
(1736): Maquinas Hydraulicas de Molinos, y Herrerias,
y govierno de los Arboles, y Montes de Vizcaya. Madrid.
- Hordenanzas derramuza
Yurçacuza de 10 de junio de 1647. Fotocopia
del original obrante en el Servicio de Montes, Diputación
Foral de Álava.
- Memoria presentada
por el Diputado General de Álava, Pedro de Egaña,
a 22 de noviembre de 1865, a la Comisión Provincial
de Montes y Plantíos. Copia obrante en el Servicio
de Montes, Diputación Foral de Álava.
- Ordenanza de Montes
de Bizkaia, de 18 de julio de 1752. Copia manuscrita
del Archivo General de Gipuzkoa: Sección 2, neg.
17, leg. 44.
- Ordenanzas y Leyes con
que se gobierna esta M.N. y M. L. Provincia de Alava,
confirmadas por el Rey Dn. Enrique Quarto en el año
de 1458. Copia de 1789. Archivo Provincial de Álava:
Signatura DH 156-3.
- Provisión del
Consejo concediendo el rompimiento hecho por el Concejo,
y vecinos del Lugar de Lezama, trra. De Ayala, en el Monte
llamado de San Pedro de Beraza...Archivo Provincial
de Álava: Signatura DH 705-13.
- Real Ordenanza para la Conservación
y aumento de los Montes de Marina, de 31 de enero
de 1748. Copia impresa del Archivo General de Gipuzkoa:
Sección 2, neg. nº 17, leg. 36.
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Manuel
Mª Ruiz Urrestarazu, Director de Medio Ambiente de la Diputación
Foral de Álava |