Desde el Movimiento de Mujeres a las Agendas Políticas
Ana Agirre

I. EL MOVIMIENTO DE MUJERES

1.1. Derecho al voto
1.2. Derecho a la educación

II. POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA IGUALDAD

2.1. Naciones Unidas
2.2. Unión Europea
2.3. Comunidad Autónoma de Euskadi

 

I. EL MOVIMIENTO DE MUJERES

El siglo XX, además del siglo de las grandes guerras, de la revolución rusa y de un desarrollo técnico vertiginoso, ha sido también el siglo de la revolución de las mujeres. Y ello gracias a mujeres pioneras que rompieron moldes y abrieron nuevos caminos por los que hemos ido transitando las siguientes. (INDICE)


1.1 Derecho al voto


A nivel internacional, es la reivindicación del derecho al voto la que marca el inicio más o menos organizado del movimiento de las mujeres. Así, a finales del s. XIX y principios del s. XX se fueron creando Consejos Nacionales de la Mujer en muchos países. El sector más activo de éstas decidió construir en 1904 la Alianza Internacional pro Sufragio de la mujer, mientras que las mujeres de partidos y sindicatos de izquierda fundaron en 1907 la Internacional Socialista de Mujeres. Así, la reivindicación del derecho al voto convierte al feminismo en un movimiento político, cuyo objetivo es cambiar las estructuras patriarcales de la sociedad.

En el estado español, el derecho al voto se logró en el año 1931 y con él se plantea un doble avance: la conquista de un derecho fundamental para las mujeres y el avance en el desarrollo de derechos civiles para ellas, gracias en gran medida al deseo de los partidos políticos de ganar sus votos.

Plebiscito para la aprobación del Estatuto de Autonomía de 5 de noviembre de 1933. Las mujeres se agolpan para votar, merced a la Constitución de 1931.

En esta época destacan figuras como:


  • Clara Campoamor. (1888 - 1972) Licenciada en Derecho por la Universidad de Madrid. Elegida diputada en 1931 como miembro del Partido Radical, formó parte de la comisión encargada de redactar el proyecto de Constitución de la Segunda República. Destacó su intervención en el artículo 36, en el que defendió la concesión del sufragio femenino sin ningún tipo de limitaciones.
  • Regina San Juan. Nacida en San Sebastián en 1873, formará parte activa del movimiento que surge al fin en 1918 a través de su relevante militancia en la Asociación Nacional de Mujeres Españolas (ANME), el núcleo sufragista de mayor prestigio y más larga vida de los que surgen en ese momento en Madrid.
    Defendió los derechos de las mujeres a realizarse como personas y no ser reducidas a sus funciones biológicas y domésticas y fundó "El pensamiento Femenino" (1913), un periódico de clara tendencia emancipista y sufragista.

En nuestro contexto más cercano, y a nivel de mujeres organizadas en el seno de partidos políticos, destaca "Emakume Abertzale Batza" que llegó a reunir a más de 20.000 mujeres en el seno del Partido Nacionalista Vasco. (INDICE)


Intervención activa de mujeres en la propaganda electoral, para las Elecciones Generales del 19 de noviembre de 1933, en Bilbao

1.2. Derecho a la educación


Paralelamente, en el estado español el siglo XX se inició con la reivindicación del derecho a la educación. Así, fueron surgiendo asociaciones como la Institución Libre de Enseñanza y la Asociación para la enseñanza de la Mujer, que tuvo en Vitoria uno de sus centros de actividad.

En este contexto, destacan figuras como:


  • Emilia Pardo Bazán (1851 - 1921) Reivindica el derecho a la educación de las mujeres. En el Congreso Pedagógico de 1892 afirmó que "la educación de la mujer no es tal, sino doma, pues tiene por fin la obediencia, la pasividad y la sumisión".
  • María de Maeztu (1882 - 1948). Esta vitoriana fundó la Residencia de Señoritas, que llegó a tener carácter oficial para maestras y universitarias. Además luchó para conseguir escuelas profesionales para mujeres, a fin de que tuvieran posibilidades de salir del hogar y acceder al mundo laboral.
La pedagoga María de Maeztu. A la izda. Rosa Herrero, su mejor colaboradora. Año 1932 Auñamendi

La consecución del voto y del derecho a la educación trajo consigo una relativa tranquilidad en los movimientos de las mujeres. Sin embargo, Simone de Beauvoir marcó un nuevo hito a nivel mundial en la historia del s. XX con su obra "El segundo sexo" (1949), donde defiende que "la mujer no nace, sino que se hace".

Así resurgen los movimientos feministas modernos, primero en Estados Unidos y luego en el resto del mundo occidental ya en al década de los 60 y primeros años de los 70. De este modo, las mujeres retoman el discurso feminista, relegado durante años por las convulsiones de las guerras mundiales.

En nuestro contexto, aunque con retraso y condicionadas por la prioridad de la lucha antifranquista, las nuevas ideas van abriéndose camino en las, todavía escasa, organizaciones feministas. Tras la muerte de Franco comienza un periodo de transición política hacia la democracia y van tomando las organizaciones de mujeres, que comenzaron a tomar contacto entre sí para reflexionar y debatir en común.

Laboratorio en la Residencia de Señoritas.

La labor de estas mujeres, algunas de las cuales también militaban en partidos políticos, fue clave para impulsar la creación de un Órgano de Igualdad en nuestra Comunidad. Y así, el día 5 de febrero de 1988 el Parlamento Vasco aprobó la Ley de creación de EMAKUNDE/Instituto Vasco de la Mujer. (INDICE)


II. POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA IGUALDAD

Y de este modo, las reivindicaciones y los planteamientos feministas comenzaron a conformar las políticas públicas a favor de la igualdad. Así, en las últimas décadas los poderes públicos en las sociedades occidentales han reconocido la situación de desigualdad real entre mujeres y hombres y, consecuentemente, se ha ido generando todo un marco normativo a fin de que unas y otros gocen de los mismos derechos y oportunidades para su participación social, política, económica, laboral y cultural.

Numerosas han sido las instituciones internacionales y europeas que, desde hace más de medio siglo, han elaborado políticas para mejorar la situación a la que se enfrentan las mujeres en todo el mundo. (INDICE)


2.1. Naciones Unidas


En 1945, la ONU en la Carta de las Naciones Unidas, Tratado Internacional donde se declaran los derechos y las obligaciones de los Estados miembros, se comprometió, por primera vez, con el avance de las mujeres.

A partir de este momento, las Conferencias y las Cumbres que convoca la ONU han servido de plataforma para reafirmar la igualdad de derechos de las mujeres mediante la creación de numerosos instrumentos internacionales (documentos, recomendaciones y prácticas), que han perseguido la adquisición de compromisos gubernamentales a favor de la no discriminación de las mujeres.

El año 1975, marca un hito para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Se declaró año internacional de las mujeres que supuso el inicio de una serie de Conferencias mundiales, que han tenido una clara influencia en el desarrollo de políticas de igualdad desde otras instancias:


  • I Conferencia Mundial sobre las Mujeres en la Ciudad de México (México), 1975
  • II Conferencia Mundial sobre las Mujeres en Copenhague (Dinamarca), 1980
  • III Conferencia Mundial sobre las Mujeres en Nairobi (Kenia), 1985
  • IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres en Pekín (China), 1995
  • Sesión Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas, "La Mujeres en el año 2000: Igualdad de Género, Desarrollo y Paz para el siglo XXI", Pekin+5 en Nueva York, 2000.
Beijing + 5, Nueva York. Sesión de apertura de la Conferencia.

En 1979, se aprobó la Convención de Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW). La Convención deja claramente establecido que los derechos humanos de las mujeres incluyen todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales que conforman una sociedad.

A partir de este momento, la ONU insta a los gobiernos a establecer formalmente la igualdad de derechos y combatir la desigualdad de oportunidades garantizando, de esta manera, el ejercicio de todos los derechos y libertades para cualquier persona. (INDICE)

2.2. Unión Europea

La Unión Europea ha liderado y propiciado, desde sus orígenes en 1957, que los Estados miembros lleven a cabo reformas jurídicas, para eliminar cualquier tipo de discriminación y para fomentar una política europea a favor de la igualdad de oportunidades.

En 1957, en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea, firmado en Roma, se introdujo el artículo 119, por el que se obliga a que los Estados miembros garanticen la aplicación del principio de igualdad de retribución entre trabajadoras y trabajadores que realizan un mismo trabajo. Este artículo supuso el primer antecedente sobre las políticas de igualdad en el marco comunitario y el inicio de un proceso contra las desigualdades que se producen entre hombres y mujeres.

En 1972, con la celebración de la Cumbre de París, se inaugura la Política social europea y se presenta al Consejo de Ministros un Programa de Acción Social que establece entre sus objetivos el de "crear una situación en la que se asegure la igualdad entre hombres y mujeres en el mercado laboral de la Comunidad".

A partir de 1974, tras la aprobación del Programa de Acción Social, la Comunidad Económica Europea fue precisando y extendiendo paulatinamente el ámbito de aplicación del principio de igualdad, mediante la elaboración de amplia normativa. Destaca la Recomendación de la Comisión Europea de 1996 que incorporó el concepto de "mainstreaming de género", que supone un nuevo modelo de políticas de igualdad que complementa las políticas específicas, y que por primera vez se planteó en la Plataforma de Acción Social de Beijing (1995):

"Consideración sistemática de las diferencias entre las condiciones, situaciones y necesidades de mujeres y hombres, en las fases de planificación y ejecución de todas las políticas comunitarias"

En 1997, con la firma del Tratado de Amsterdam, se introdujo una nueva base normativa para las medidas relativas a la igualdad entre hombres y mujeres, concretamente, a las oportunidades en el mercado laboral y a la igualdad de trato en el trabajo. El Tratado, también incorpora la "transversalidad o mainstreaming", como un enfoque que consiste en integrar la dimensión de la igualdad de oportunidades en todas las políticas generales. (INDICE)

2.3. Comunidad Autónoma de Euskadi

En 1979, con la aprobación del Estatuto de Autonomía, comienza una etapa clave para el desarrollo de la política de Igualdad de Oportunidades en nuestra Comunidad. Así, el artículo 10.39 otorga la competencia exclusiva a los poderes públicos vascos en materia de Condición Femenina, por lo que tienen la facultad de establecer un modelo propio y definir y desarrollar medidas específicas para la Comunidad Autónoma.

Esta consideración es, justamente, la que posibilitó pensar en una Institución propia que trabajara directamente para conseguir una igualdad de oportunidades real y efectiva entre mujeres y hombres en Euskadi. Y fue así como en 1988 fue creado por Ley Emakunde/Instituto Vasco de la Mujer, como organismo autónomo adscrito a la Presidencia del Gobierno Vasco.

Además, la Ley de creación del Instituto tiene la virtud de dotar al mismo del poder de configuración del marco de actuación conjunta de todos los poderes públicos vascos en el campo de la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, lo cual favorece la integración de la perspectiva de género en la actividad diaria de cada Institución, superando así el riesgo de que este tema quede reducido a políticas sectoriales y a la prestación de servicios específicos a mujeres.

Por tanto, ateniéndose a su Ley de creación Emakunde se configuró como un Instituto de impulso y no de gestión de programas, lo que a nuestro modo de ver, configura un modelo dirigido al "mainstreaming" es decir que toda la Administración integre en sus distintos campos de actuación competencial la perspectiva de género. Del mismo modo, continua manteniéndose la acción positiva como una estrategia válida, y de este modo ha sido recogido en el "III Plan de Acción Positiva para las Mujeres en la Comunidad Autónoma de Euskadi: Enfoque de género en las políticas públicas".


En este marco, los avances más importantes que cabe señalar en nuestro contexto más cercano son los siguientes:

1. Creación de mecanismos estructurales

Conseguir que el Plan de Acción Positiva sea el elemento vertebrador de las políticas de igualdad de oportunidades y que éste impregne el quehacer cotidiano de la Administración en su conjunto, supone una labor de coordinación y cooperación interinstitucional dada la interrelación de las medidas que se plantean. Con este fin, en la Administración Vasca se han ido estableciendo estrategias para una mayor interacción e integración, en todos los niveles de actuación y en todas las áreas de intervención, de manera que la transversalidad del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres sea una realidad en toda la política de la Administración Vasca y atraviese todos sus programas de actuación.


Así, se ha creado una Comisión Interdepartamental en el Gobierno (Decreto 97/1993 de 6 de abril) y se realiza una labor de Coordinación Interinstitucional en relación con la Administración Foral y Local.

2. Carácter transversal de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres

La experiencia en el progresivo desarrollo de los Planes de Acción Positiva ha consolidado la idea de que el logro de la igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres requiere de una actuación conjunta de las administraciones y transversal a todas las políticas. En este sentido, se entiende que las propuestas de cada una de las áreas del Plan se complementan con propuestas de otras áreas. El Plan debe ser considerado en su globalidad y analizado desde la perspectiva de instrumento de trabajo para cada una de las Instituciones que conforman la Administración Vasca.


El Plan constituye un instrumento que guía la integración de la perspectiva de género en todos los ámbitos de la Administración Pública. Por ello, su estructura responde en gran medida a las áreas de intervención de las políticas públicas.

Cartel de la campaña del 8 de marzo de 2003.

Vemos pues como el trabajo realizado en nuestra Comunidad ha ido incorporando las recomendaciones y propuestas de la Unión europea en relación con las políticas de igualdad, al tiempo que va estructurándose en torno a los cuatro ejes que propone la Unión Europea para el desarrollo del mainstreaming de género: normativa, estructuras, formación y presupuesto. (INDICE)


Ana Agirre, responsable de Formación. Emakunde/Instituto Vasco de la Mujer
 

Euskonews & Media 208. zbk (2003 / 04-25 / 05-09)

Dohaneko harpidetza | Suscripción gratuita | Abonnement gratuit |
Free subscription


Aurreko aleak | Números anteriores | Numéros précedents |
Previous issues


Kredituak | Créditos | Crédits | Credits

Euskomedia: Euskal Kultur Informazio Zerbitzua

Eusko Ikaskuntzaren Web Orria

webmaster@euskonews.com



QUIENES SOMOSPolítica de privacidadAvisos LegalesCopyright © 1998 Eusko Ikaskuntza