Tendencias en la producción de las ferrerías de Castro Urdiales (1615-1848)Escuchar artículo - Artikulua entzun

Ramón Ojeda San Miguel

 
Paredones y puertas en el interior de la ferrería de La Soledad en Agüera.

La falta de contabilidades particulares, hasta el momento, hace que sea muy difícil seguir la evolución en términos de producción de las ferrerías ubicadas en la jurisdicción de Castro Urdiales. Sabemos que, colocadas en la raya con Vizcaya en los valles y concejos de Otañes, Agüera, Sámano y Santullán, funcionaron como una auténtica prolongación de las vecinas ferrerías encartadas, y que utilizaron siempre el mineral de Somorrostro y el carbón vegetal elaborado en sus montes comunales. También conocemos que las cuatro ferrerías existentes en el siglo XVI atravesaron por serias dificultades en el siguiente, hasta el punto de cerrar algunas durante un buen número de años, que, por el contrario con la llegada del siglo XVIII se hicieron abundantes obras de reedificación y ampliación en casi todas, y, algo más significativo, que se levantaron nuevos edificios, pasando el número de ingenios a seis hacia el año 1725 y a nueve en 1780.

Existe una alternativa, aunque de carácter fiscal y por ello indirecta, de poder acercarse un poco más en detalle a la trayectoria ferrial de la zona: utilizar el denominado “derecho del fierro”. El Concejo de la villa de Castro Urdiales recaudaba una parte nada desdeñable de sus ingresos gravando los embarques del hierro elaborado en las ferrerías de la Jurisdicción en los muelles de su puerto. Si hacemos una serie con los datos recogidos en la contabilidad municipal y los deflactamos, utilizando precios de trigo de los mercados burgaleses más próximos, nos podremos hacer una idea de la evolución en las salidas de hierro, y, por tanto, de la propia marcha de la actividad ferrona. Máxime si tenemos en cuenta que, excepto pequeñas cantidades que se consumían en la Jurisdicción, el grueso de la producción salía de Castro vía marítima. Hasta el momento hemos podido recoger, después de un seguimiento sistemático de muchos libros, expedientes y legajos, datos numéricos para los siglos XVII y XVIII1.

Desgraciadamente nos faltan registros para el siglo XVI. Aunque multitud de datos cualitativos y hasta las obras que se hicieron en el puerto, parecen mandarnos un mensaje en términos positivos sobre la actividad de las ferrerías. Sin embargo, al igual que en el País Vasco, la llegada de la siguiente centuria supuso la arribada de problemas muy serios.

Como podemos apreciar en el gráfico, y comparando las cantidades recaudadas con las del siglo XVIII, el derecho del fierro castreño, salvo en algunos años más bonancibles en la década de los años 20 y 30, parece dibujar un sector siderúrgico en crisis y contracción durante todo el período comprendido entre los años 1615 y 1643. Los problemas llegaron a ser tan graves que el Concejo dejó de recaudar el derecho en toda la segunda mitad del Seiscientos2. Algunas ferrerías paralizaron su actividad, o trabajaban muy intermitentemente, sufriendo períodos a veces muy largos de inactividad.

Pero de nuevo, al comprobar que aumentaban los embarques, que las ferrerías trabajaban a pleno rendimiento y que incluso se preparaban obras pare reconstruir y hacer nuevas obras, los ediles municipales se plantearon a partir del año 1718 volver a cobrar el derecho del fierro3. Los dueños de las ferrerías del Valle de Otañes rápidamente recordaron, pensando que ya era inevitable volver a pagar el impuesto, las normativas de tiempos pasados: “(...) que no se debe de fierro de dhas ferrerías, ni de otras de el distrito, más tributo ni derecho que quatro mrs en quintal al tiempo de embarcarlo en el puerto y muelle de esta villa”4.

Paredones de La Cabrera.

Como se puede ver en el segundo gráfico, aunque bien es cierto que no hemos podido recoger los registros de todos los años, las oscilaciones en los embarques y producción siguieron siendo en el siglo XVIII a veces muy acusadas, pero las magnitudes se multiplican en muchas ocasiones por cuatro y por cinco en referencia a la centuria anterior. Todo ello nos induce a pensar que, de nuevo al igual que en las ferrerías vecinas de Vizcaya5y Cantabria6, el XVIII fue el mejor siglo de las ferrerías castreñas, muy en consonancia con el crecimiento de la demanda general de hierro de la época.

Para hacernos una idea en términos globales de los niveles de producción, baste decir que en los años 1764 y 1765 se elaboraron en las ferrerías castreñas 4.116 y 4.944 quintales respectivamente7. No solamente se veían los efectos directos y positivos del aumento del mercado, sino que durante algunos años, los que estuvo al poco de mediar el siglo la jurisdicción castreña incorporada al Señorío de Vizcaya, las ferrerías gozaron de una gran cobertura en exenciones fiscales8.

Presa en las cercanías de la ferrería de La Cabrera en el barrio de Llovera de Otañes.

Sin embargo, aunque las ferrerías estaban en disposición técnica de poder seguir trabajando, a partir de 1780 se inició un período de dificultades a modo de anuncio de su definitivo colapso un poco más de medio siglo después. Desde aquel año los costes de producción, vía encarecimiento de materias primas, dificultades en la comercialización y mayores acosos fiscales, acabaron pesando como una losa. El día primero de mayo de 1780 el Procurador Síndico General de Castro se quejaba en la reunión del Concejo de que después de la separación definitiva de Vizcaya “se le quitaron los antiguos privilegios de exención de diezmos y aduanas”, y que ahora “qualesquiera partidas de fierro que se labran en la Jurisdicción y conducen sus dueños a Bilbao hubiesen de llevar guía y presentar torna guía, lo mismo de las venas que de vuelta cargan las embarcaciones en Somorrostro”9 . Por si fuera poco, la Hacienda municipal prácticamente en bancarrota, para poder hacer frente a sus débitos con la Corona, además del viejo derecho, empezó a cobrar 2 reales y 8 maravedíes en cada quintal de hierro embarcado10.

 
Ruinas de la ferrería de La Cabrera.

No quedó aquí la subida de la presión fiscal. Asustados, a comienzos del año 1784, la mayor parte de los ferrones y dueños de ferrerías se reunieron en el Valle de Otañes, pues había “llegado a su noticia que los Administradores de las Reales Aduanas de las villas de Castro, Laredo y puerto de Santoña se hallan con orden superior para que se les exijan, y cobren, siete reales de vellón por cada quintal de fierro de a cien libras castellanas que embarquen en ellos para benderlas fuera de esta Provincia Realenga de Cantabria; el qual impuesto y gravamen en el quintal mayor de fierro de ciento y cinquenta y cinco libras castellanas por el que siempre se han gobernado dhas ferrerías en la fábrica y vendaxe de dho metal corresponde a cerca de once reales de vellón en cada dho quintal maior”11.

Propietarios de ferrerías y ferrones rápidamente tiraron de papeles y memoria, recordando a las instancias superiores que, desde tiempos del rey Alfonso XI y hasta la última confirmación de Fernando VI en el año 1752, todos los establecimientos situados entre el “Aia de Ontón (...) al lugar de Llanes en el principado de Asturias” sólo debían pagar “un cortísimo sueldo en cada quintal”. Inmediatamente, en un espléndido documento de defensa ante la Corona, que acaba recogiendo todos los problemas que empezaban a notar, argumentaban así los ferrones castreños:

“(...) ofreze eximirles de dho presente nuevo impuesto de siete reales en quintal castellano lo que bendan o remitan a bender a las Castillas, lo que no puede tener efecto por la falta de caminos, la qual novedad es en gravísimo perjuicio de los otorgantes y si tubiese execución y observancia no solo quedarían perjudicadas dichas ferrerías en la privación de citado Real Privilexio en cuia fé y confianza fueron edificadas, mantenidas y reedificadas, sino que también sería forzosa e indispensable su ruina, con gravísimos daños de sus dueños y aun de todo este País que siendo estéril de frutos de los que sirben a el inmediato alimento a el Jénero humano se mantiene la mayor parte de lo que ganan sus naturales en la fábrica de carbones y conducción de ellos a las dhas ferrerías, y a la de fierros a los puertos de mar de sus derechurías y en otras muchísimas labores y artefactos necesarios para dha fábrica, sin que los referidos dueños haian tenido ni tengan otro modo ni arbitrio de consideración para bender dhos fierros que la de embarcarlos como lo han hecho sus antecesores y conducir a la villa de Bilbao, plaza única de toda esta costa en donde exista comercio de ellos, en la que se les pagan al precio común a corta diferencia a que corren los que se labran en Vizcaya, ni que sea posible sin una gran pérdida sacarlos a bender a las dhas Castillas por la distancia y falta de caminos aviertos para pasar el puerto y cumbre que dividen a esta Costa de Peñas al Mar de con las merindades de Castilla la Vieja, ni que en este País haia consumo substancial para tanto fierro como en él se labra, y estar muy distantes de dhas errerías los caminos que en este siglo se han avierto desde la ciudad de Santander u desde dha villa de Bilbao a las Castillas, de modo que con la presente novedad del nuevo impuesto han quedado dhas Ferrerías estancadas y zircunductas y sin arbitrio para la benta y salida de los fierros de su fábrica; pues en el País no se pueden gastar ni consumir más que alguna pequeña porción, ni a Castilla los pueden sacar ni remitir por dha falta de caminos, y en caso de sacarlos y embarcarlos a la Mar excede dho impuesto y tributo a la común ganancia que les queda en cada quintal y sería forzoso quedar empeñados y alcanzados en su fábrica, pues para evitar esta pérdida hera necesario benderlo en la Ribera de mar a onze reales más caro que los precios comunes y corrientes que a los que regularmente se bende en dha villa de Bilbao cercana por Mar aunque por tierra cinco leguas de largo y cuasi intransitable camino, y que quedaron cerrados para dha venta los Puertos de Mar de la derechura de estos otorgantes y de sus ferrerías, pues ningún bajel ni comerciante es verosímil que arribe a ellos a buscar ni comprar fierro con la noticia de dho nuevo impuesto, antes bien entrarán como acostumbran a dha villa de Bilbao que es el Emporio de los fierros y la primera opinión de la calidad de ellos y por cuia abundancia tienen en que escoger como lo han hecho hasta aquí, pues sin embargo de no aver avido tal nuevo impuesto han sido y siempre fueron mui raras las embarcaciones que han benido a buscarlo a estos puertos a excepción de tal qual barco asturiano o gallego que sólo cargan alguna pequeña partida para lastre12.

 

 
Restos de la ferrería de La Soledad.

Las ferrerías castreñas, sin prácticamente conexiones camineras con el interior, habían sacado desde siempre su producción por vía marítima. Y lo habían hecho sin más límites o gravámenes que el derecho que cobraba el Ayuntamiento. No era esta la única ocasión en que la Administración Real trataba de controlar y sacar algo del tráfico del hierro del Cantábrico. Allá por el año 1646, amenazado el Ayuntamiento, se enviaron a Madrid varios agentes a fin de que se respetase el Real Despacho y Cédula firmado por Felipe II el 13 de agosto de 1581: “(...) que el Administrador General de diezmos de la mar de las Quatro Villas de la Costa de Castilla Muy Noble en llevar derechos de diezmo de las mercadurías provisiones y mantenimientos que se llevan de una de las villas a las otras, ni de las que se llevan de las dhas villas al Señorío de Bizcaia y Provincia de Guipúzcoa, y en contravención de dha cédula Real y sobrecarta, el administrador que es de esta villa lleba derechos de diezmo del fierro que se embarca en este puerto para el Señorío de Bizcaya y provincia de Guipúzcoa, por cuia causa falta el trato de la mercaduría del fierro en esta villa por ser tan excesivos los derechos que se pagan”13. Pero ahora, en el año 1784, los centralistas Borbones iban mucho más en serio.

 
Escoria encontrada en la ferrería de Santullán.

La comercialización del hierro de Castro Urdiales, ya lo hemos visto claramente con la alegación hecha en 1784, siempre se hizo por mar. La mayor parte de la producción marchaba directamente a los grandes depósitos y almacenes de la ribera de Bilbao. Pero también llegaban al puerto castreño pequeñas embarcaciones gallegas y asturianas, después de descargar mayoritariamente sardina arenque y raba en la capital de Vizcaya, en busca de hierro, en muchas ocasiones empleado como lastre en los viajes de regreso. En los fondos notariales también es posible encontrar algunos ejemplos a este respecto. El Ayuntamiento reclamaba en 1718 el derecho del fierro a Alonso Capero, natural de Galicia, y a Domingo Ruíz y Juan Cuervo de Asturias por el embarque de 55 quintales14; y 300 sacó Juan Martínez de Artela para La Coruña en 176415 . Pero, y es muy llamativo, en repetidas ocasiones los envíos salían en dirección al puerto de Luarca: el asturiano Francisco Cascos introdujo en las bodegas de su barco 150 quintales en 172116; otro vecino de Luarca se llevó metal por un valor de 1597 reales de la ferrerías de la familia Ocharan en el año 180917; y de nuevo en 1816 llegaron a Castro varios quechemarines de aquella localidad a cargar hierro18. La estadística municipal de actividades industriales redactada en el año 1845 todavía señalan que parte de la producción de las ocho ferrerías de Sámano, Otañes y Agüera marchaba hacia Asturias, Galicia y Andalucía19.

PRODUCCIÓN - FERRERÍAS DE CASTRO URDIALES
(QUINTALES)
AÑOS
A
B
C
D
E
F
G
H
I
1779 900 500 550 550 480 480 550 600 400
1784 1087 1087 800     400 400 500 400
1792     800 800          
1832 800 800 600 600 600 550 550 550 550
1840 800 800 600 600 600 600 600 600 500
1845 800 900 450 450 150 400 350 340 380
1847 800 800 600 600 600 500 600 600 500
Fuente: Ceballos (2001), pp. 377 - 407

A. La Soledad
B. El Perujo
C. Don Gonzalo
D. Don Bergón
E. Santullán
F. El Tejadillo
G. El Nocedal
H. Nueva
Y. L Cabrera

Mal que bien, las ferrerías de los valles orientales de Castro Urdiales prosiguieron su actividad, ya como un último estertor, durante la primera mitad del siglo XIX. Pero lastradas y con peligro inmediato de hundimiento por sus obsoletos sistemas técnicos de fabricación y cada vez mayor control fiscal, ya no por parte de las autoridades municipales, sino ahora claramente por los administradores de aduanas de la Monarquía20.

1Archivo Municipal de Castro Urdiales (en adelante A.M.C.U.), Cuentas propios y arbitrios: 21-1, L. 80, 34-1, 10-2, 10-8, 17-14, 10-12, 44-17, 34-5, 10-5, 17-17, 17-16, 42-13, 3-2, 12-8, 10-7, 15-9, 4-9, 10-6, 15-8, 1122-4, 10-4, 10-3 y 11-11.

2El 21 de febrero de 1670 el Concejo de Castro Urdiales recogía en sus actas que desde hacía algunos años los ferrones y dueños de las ferrerías, llenos de dificultades, habían entablado pleito con la Villa “sobre que no se había de pagar del fierro que se embarca en este puerto para Bilbao y otras partes”, A.M.C.U., Decretos 28-3.

3Archivo Histórico Provincial de Cantabria ( en adelante A.H.P.C.), José Antonio Palacio, leg. 1753. En el año 1718 los ferrones se organizaron y nombraron representantes a fin de “ajustar y comprometer con el Ayuntamiento de la villa de Castro la cantidad que se aya de pagar por cada quintal de fierro de derechos de lo que labraren anualmente en sus ferrerías”, fols. 166 - 169.

4 A.M.C.U., 1778-21, “autos del fierro”.

5Uriarte Ayo, R., Estructura, desarrollo y crisis de la siderurgia tradicional vizcaína (1700-1840), Bilbao, 1988.

6Cevallos, C., Arozas y ferrones. Las ferrerías de Cantabria en el Antiguo Régimen, Santander, 2001 y Corbera, M, La siderurgia tradicional en Cantabria, Oviedo, 2001.

7A.H.P.C., Fondos Diputación, Cuentas varias de Concejos.

8En el año 1760 las autoridades del Corregimiento de Laredo querían controlar, pidiendo rápidamente datos, la producción de hierro en Castro. Pero los propietarios de ferrerías se opusieron alegando que el suyo era territorio vizcaíno, A.M.C.U., Pleitos 1782-10.

9A.M.C.U., Decretos 36-2.

10Ibidem, sesión del 29 de octubre de 1780.

11A.H.P.C., Severino Ruíz de la Pessa, leg. 1810, poder, 13 de enero de 1784.

12Ibidem.

13A.H.P.C., Santiago de la Cavex, leg. 1717, poder, fol. 37. En el año 1770, después de salir de Vizcaya, Castro Urdiales volvió a exigir la exención de aduanas con la tierra vizcaína, A.M.C.U., 54-5.

14 A.M.C.U., autos, 1778-21.

15A.H.P.C., Joaquín de Mioño, leg. 1790, fols. 27 y 28.

16A.H.P.C., José Antonio Palacio, leg. 1754, fols. 3 y 4.

17A.H.P.C., Romualdo Antonio Martínez, leg. 1837, fols. 142 y 143.

18A.H.P.C., Romualdo Antonio Martínez, leg. 1840, fols. 39 y 84.

19A.M.C.U., Estadísticas F., 1382-13.

20 A.H.P.C., Lucas Varanda Cortés, leg. 1847, año 1821, fols. 104 y 105.

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