N unca existió lo que los historiadores decimonónicos dieron en denominar "ruta juradera", esto es, un camino prefijado por el que los señores de Bizkaia, ya fuesen condes ya reyes, hubiesen de transitar de forma obligatoria antes de realizar su juramento de los fueros vizcaínos. Entonces, como ahora, monarcas y dignatarios viajaban por los escasos caminos existentes, pues era el destino y no el motivo o la importancia de su viaje lo que en última instancia les decidía a tomar una determinada vía. De hecho, sólo tenemos constancia detallada de dos itinerarios realizados por reyes en sus viajes por el Señorío: los de Enrique III (1379-1406) e Isabel I (1451-1504), que en ningún caso justificarían la existencia de la mencionada "ruta" ya que ambos efectuaron recorridos diferentes. Por cierto, el último monarca en acudir a Vizcaya para cumplimentar el juramento fue Fernando el Católico, en 1476, lo que no deja de significativo, por cuanto no era el señor de Vizcaya, pues ni la visita de su esposa ni la de Felipe II tuvieron como objetivo tal motivo.
Con todo esto, no pretendemos defraudar a nadie. Todo lo contrario, nuestra intención es poner el énfasis en los dos hechos clave de la tan afamada "ruta juradera": el camino en sí mismo, es decir, la importancia que tuvo y todavía tiene como vía de transmisión de gentes, mercancías e ideas; y los espacios donde se realizaba la "jura", o lo que es lo mismo, sus aspectos político, institucional y simbólico.
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Avellaneda. Escudo de la Casa de Juntas. |
A pesar de lo que pueda parecer, las renombradas Casas de Juntas no tienen en común más que algunas particularidades geográficas y el hecho de ser lugares de reunión de organismos políticos semejantes. De hecho, cada una tuvo unos orígenes y una trayectorias vitales propias. Tampoco conocemos su devenir de igual forma. Como es lógico, la de Luno (llamada de Guernica por el barrio donde se enclava) es la mejor y más conocida por el mero hecho de que terminó siendo, lo es aún, la sede de las Juntas Generales de Vizcaya. Sin embargo, no siempre fue así. Al principio sólo era uno de los dos lugares -que nos conste- donde se reunían las Juntas de Merindad de Busturia y Uribe, compartiendo la función con la campa de Arechabalaga (Larrabezúa). A esta también acudieron algunos condes y reyes, como el citado Enrique III, para jurar los fueros. Las razones por las que Luno terminó desbancando a la campa no están claras, pero sin duda serían decisivos varios hechos: Luno se sitúa en un punto central entre las citadas Merindades, a las que, antes de la fundación de Guernica (1366), unía a través de un vado, pues el río Oca las separaba físicamente; está situada al lado de un centro urbano desde antiguo (y nos referimos tanto a la villa de Guernica como a la contigua Forua, de orígenes romanos); y cerca de ella se celebraban habitualmente las reuniones de la junta de la última de éstas merindades, en la próxima Ajánguiz.
Tanto Avellaneda como Astola se hallan más o menos situadas en el medio de sus respectivas Merindades, lo que, junto con lo anterior, nos lleva a concluir que la centralidad fue una particularidad buscada expresamente. De los orígenes de ambas tenemos menos noticias. Sabemos que Astola era ya utilizada a finales del siglo XIV y poco más. Nunca fue un edificio significativo por su arquitectura; de hecho su fisonomía no se aparta aun hoy en día de la de los caseríos circundantes. Desconocemos desde cuándo la sede de la Junta de las Encartaciones albergó sus reuniones, aunque sabemos que fue usada continua y habitualmente para sus asambleas durante toda la Modernidad. No vamos a entrar a describir la historia ni el aspecto material de las citadas Casas. Hay monografías que lo hacen de manera pormenorizada y a ellas remitimos al lector. No obstante, sí queremos incidir en que de las tres sólo Astola se conserva más o menos tal como fue hasta la desaparición del régimen foral, esto es, el año 1876. Las de Guernica y Abellaneda sufrieron importantes remodelaciones en los siglos XIX y XX para dotarlas de mayor prestancia, la primera como sede de las Juntas Generales; la otra para reconvertirla en un Museo, cuya visita recomendamos al lector.
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Gernika-Lumo (Bizkaia). Casa de Juntas y árbol nuevo. |
Independientemente de su función de acogida, las citadas dos Casas fueron utilizadas también como audiencias judiciales de segunda instancia por los respectivos tenientes de corregidor (antecedente del gobernador civil con competencias administrativas y judiciales) de cada una de las citadas Merindades. En consonancia poseyeron salas de audiencias, cárceles y las demás estancias necesarias para cumplir tal función. La de Guernica no. Su cercanía a la villa provocó que el teniente de corregidor de la zona trasladase muy pronto a ésta su residencia, tribunal y cárcel, por lo que el Señorío nunca se molestó en crear la infraestructura judicial que poseyeron sus homólogas.
Todo, la presencia de los delegados regios, el poder político de las Juntas, las audiencias judiciales, terminaron otorgando a las citadas Casas el carácter simbólico que mencionábamos líneas arriba. Representaban no sólo la capacidad de autogobierno de los habitantes del Señorío, en la medida en que sus Juntas eran expresión de su voluntad, sino también el poder del Estado, por cuanto los citados tenientes de corregidor representaban la figura del rey y de su justicia ejemplarizante. Al carácter emblemático de naturaleza gubernativa, La Casa de Juntas de Guernica unió a partir de mediados del siglo XV el carácter religioso, al erigirse en su recinto una pequeña y modesta iglesia, que acogió a los junteros los días en los que la metereología impedía las reuniones a cielo abierto, y que fue el antecedente directo del edificio hoy existente, que en esencia no es más que un templo. Quizá fuese está otra de las razones que motivó el que no se convirtiera de hecho en una Audiencia.
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