El cambio climático como objeto del derechoEscuchar artículo - Artikulua entzun

Miren SARASIBAR IRIARTE

Frases como “un planeta que se derrite”, “el deshielo antártico se duplica”, “la amenaza del mar”, “la vida con dos grados más”, “la tierra al rojo vivo”, “extinción de especies equiparable a la desaparición de los dinosaurios”, “emisiones sin fronteras”, “el desastre del Katrina”, “Wilma, un huracán de extrema peligrosidad”, son diferentes formas de decir que estamos ante un verdadero cambio climático. Esto se traduce en un calentamiento del planeta, uno de los problemas ambientales más graves de nuestros tiempos porque se trata de un fenómeno que afecta a todo el mundo con consecuencias muy perjudiciales para el ambiente y la salud humana.1

Es un tema de gran actualidad que ha originado reacciones por parte de diferentes sectores y, como no puede ser de otra manera, el Derecho asume la envergadura del problema e intenta dar soluciones jurídicas al mismo. Por ello, ha habido un desarrollo normativo en este ámbito del cambio climático, centrado en la actualidad principalmente en el comercio de los derechos de emisión. También es en la legislación forestal donde se han planteado diferentes medidas que colaboren en la reducción del cambio climático mediante la función de sumidero de las superficies forestales.

En la actualidad, son muchas las noticias relacionadas con los cambios bruscos en el clima y la aparición cada vez más frecuente de fenómenos climatológicos extremos, produciendo verdaderas catástrofes en los países afectados. Todo ello nos da prueba de que algo está ocurriendo en nuestro planeta y que nosotros tenemos mucho que ver en esos cambios. A lo largo de la historia han existido cambios en el clima de la Tierra pero no de una manera tan alarmante y radical. Por ello éste no puede ser el argumento para afirmar que los fenómenos climatológicos que estamos viviendo no son debidos a un cambio climático, ya que lo que está ocurriendo en la actualidad no tiene precedentes. La afirmación rotunda por parte del Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC), que es el máximo órgano científico que estudia este tema, que existe un cambio climático originado por las actividades humanas, obliga a buscar las medidas oportunas para frenarlo, actuando en cada uno de los sectores, para lograr a nivel global limitar o frenar este calentamiento.

El desarrollo sostenible, como uno de los principios relevantes en el Derecho ambiental, supone armonizar el desarrollo y avances económicos con la protección ambiental obligando a reconsiderar nuestras conductas y actividades para que las generaciones futuras puedan disfrutar de un ambiente adecuado. En lo relacionado con el cambio climático, este principio tiene una aplicación clara porque las actividades que llevamos a cabo están repercutiendo de tal manera que el clima está siendo modificado de forma artificial produciendo transformaciones que ya están alterando nuestro planeta de forma definitiva. Por lo que se convierte en un argumento más para adoptar las medidas oportunas para aminorar este cambio climático. Sólo el tiempo constatará si el hombre ha sido inteligente y ha actuado en consonancia.

Del mismo modo, desempeña un papel importante el principio de prevención, que también constituye un principio esencial del Derecho ambiental, ya que supone prever las consecuencias con anterioridad a la realización de una determinada actividad que puede resultar perjudicial para el ambiente. En relación con el cambio climático, esta afirmación debería adquirir especial protagonismo puesto que el calentamiento es originado y acelerado justamente por las actividades humanas y si éstas se hubieran sometido a un control o valoración previa por parte del sujeto, el cambio climático podría haber sido de menor intensidad o, incluso, no haberse producido.

Hasta la aparición de estos cambios bruscos en el clima producidos, repito, de forma totalmente acelerada y brusca, la Tierra buscaba los mecanismos para adaptarse a la nueva situación porque se trataba de alteraciones naturales. Va a ser necesario recapacitar sobre nuestras costumbres y hábitos diarios porque, de lo contrario, el ambiente va a salir muy perjudicado siendo nosotros, los seres humanos, los responsables de tal desastre:

“Pensaba que la Tierra se estaba suicidando, pero no sabía bien como pretendía hacerlo, si envenenada por un exceso de barbitúricos, indefensa por la pérdida total de la capa de ozono, agotados sus recursos, desangrada, con la venas rotas, por la ausencia de agua de sus ríos, o abrasada a lo bonzo por el calentamiento general. La Tierra no se suicida, la estamos matando” (DELIBES, M. y DELIBES DE CASTRO, M., La tierra herida- ¿qué mundo heredarán nuestros hijos?, ed. Destino, Barcelona, 2005, pp. 138-139).

El clima, aunque puede que no seamos conscientes de ello, es un verdadero protagonista en nuestras vidas y estamos influidos y también condicionados por él. Desde las actividades más cotidianas hasta en el desarrollo de actividades en algunos sectores (agricultura, por ejemplo), el clima siempre es una variable que se toma en consideración, de lo que se deduce que un cambio extremo del mismo altera, en mucho, nuestro día a día. Si a esto se une la sucesión menos espaciada en el tiempo de estos fenómenos radicales, el resultado es la existencia de un verdadero problema con consecuencias muy alarmantes.

Las graves olas de calor, expansión de plagas y enfermedades de otros países, los huracanes, ciclones, tifones, el deshielo de los glaciares y un largo etcétera son sucesos de una tragedia anunciada. Además de afectar seriamente a los sectores económicos de los países, han supuesto afecciones muy graves para la salud humana con consecuencias dramáticas de gran número de víctimas. Como suele ocurrir cuando existen crisis y problemas graves, los países en vías de desarrollo resultan más perjudicados que los países desarrollados ya que estos últimos poseen más y mejores medios y recursos con los que combatir y adaptarse a la nueva situación. La desaparición de países, no a muy a largo plazo, que quedarán bajo las aguas del mar como consecuencia del deshielo y la consiguiente subida del nivel del mar, los destrozos materiales de pueblos y ciudades enteras son ejemplo de la gravedad del cambio climático y, por lo tanto, son motivos para concienciarse y tomar medidas que lo frenen.

Y aún en el caso que, por un segundo, se dude de si existe o no un calentamiento global, no hay que olvidar que el origen del mismo son las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera y, por lo tanto, nos encontramos con un problema de contaminación atmosférica muy relevante que hay que afrontar como cualquier problema ambiental, se llame cambio climático o no. La atmósfera constituye un bien ambiental de gran relevancia ya que, en primer lugar, es indispensable para las distintas formas de vida de la Tierra, en segundo lugar, realiza una función protectora al retener parte del calor durante el día y evitar un enfriamiento excesivo por las noches, y en tercer lugar, ejerce funciones trascendentes para el resto de componentes del sistema ambiental. Este derecho a la atmósfera debe ser protegido ante cualquier posible agresión o ataque externo y, desde luego, a día de hoy, el cambio climático ocupa el primer lugar.

La tan esperada entrada en vigor del Protocolo de Kyoto en febrero de 2005 supuso un avance importante en el tratamiento jurídico del cambio climático, ya que supone la obligatoriedad en el cumplimiento de los compromisos y obligaciones en él establecidos y, en particular, para mí supuso una buena noticia por las aportaciones que suponen para la tesis. El Protocolo es el instrumento jurídico que regula el calentamiento del planeta y las medidas que hay que adoptar para frenarlo. El cambio climático es un tema que está en boca de todos, del que todos opinan pero no siempre con acierto.

Desde la entrada en vigor del Protocolo, parece que la concienciación por parte de la sociedad es mayor aunque nunca suficiente. El caso más llamativo, y resulta alarmante y criticable a todos los efectos, es la posición y actitud adoptada por Estados Unidos frente al problema que el cambio climático está suponiendo. Se trata de uno de los países más avanzados y desarrollados en el aspecto económico y tecnológico, con consumos desorbitados, de lo que se deriva que constituye uno de los grandes emisores de gases de efecto invernadero a la atmósfera, pero se muestra firme en su negativa a ratificar el Protocolo de Kyoto por conceder prioridad a otros intereses económicos (industrias petroleras, por ejemplo) obviando los objetivos y finalidades ambientales convirtiéndose en uno de los responsables del gran retraso de su entrada en vigor.

En España la concienciación respecto del fenómeno del cambio climático es grande y cada vez son más las medidas que se llevan a cabo para intentar frenar o reducir las consecuencias perjudiciales que se desprenden. Cabe destacar por un lado, el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático aprobado por la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático y el Consejo Nacional del Clima en julio de 2006 y, por otro, la Propuesta del Gobierno para el Consejo Nacional del Clima, la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático y consulta pública, de 9 de febrero de 2007, de la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia- Horizonte 20122. Ambos documentos demuestran una preocupación por el cambio climático y un interés por buscar medidas de adaptación a las nuevas circunstancias derivadas de este calentamiento como aquellas otras dirigidas a reducir sus impactos en todas los ámbitos. De hecho, lo aconsejable es que se aborden diferentes medidas en cada uno de los sectores y en cada una de las políticas económicas, no de forma aislada ni sectorial ya que las dimensiones del problema son planetarias y, en consecuencia, las medidas también deben ser de esa naturaleza.

1 Este artículo tiene su origen en parte de la Introducción de mi libro Régimen jurídico del cambio climático, ed Lex Nova, Valladolid, 2006.

2 Esta Propuesta, en trámite de aprobación, puede consultarse en: http://www.mma.es/portal/secciones/cambio_climatico/documentacion_cc/
estrategia_cc

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