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Koldo LIZARRALDE ELBERDIN
Trabajo publicado en la revista Molinum (mayo-junio 2011)
En 1647 Pedro Idiaquez residía en la villa marinera de Mutriku, pero a su vez era el propietario del molino y la ferrería de Yarza, ubicada en la localidad vagonera de Beasain. Por aquellas fechas las dos instalaciones, incluso los diezmos, los tuvo arrendados a Ignacio de Arostegui, que era natural de Ormaiztegi. Al fallecer Ignacio, fue preciso poner en orden las cuentas y tratar el tema con la viuda María Altolaguirre. La primera cuestión a pactar fueron las deudas contraídas por Ignacio y que la viuda necesitaba solventar.
Ferrería y Molino de Igartza (Yarza) restaurados.
Foto: Koldo Lizarralde Elberdin
Por los datos presentados, se observa que por el año 1644 Ignacio estaba debiendo al propietario 1.967 reales. Además, se le reclamaron los arrendamientos correspondientes a los diezmos, a la ferrería y al molino de 1645, que tenían que haber sido entregados en las fechas de San Juan y de San Miguel, que ascendieron a 6.282,5 reales. La misma cantidad y por los mismos conceptos de 1646. Así como 12 ducados que se debían por la cubierta de la fragua. La cantidad total a la que tenía que hacer frente María, ascendió a 14.664 reales.
Depósito del Molino de Igartza (Yarza).
Foto: Koldo Lizarralde Elberdin
Sin embargo, el matrimonio había aportado unas cantidades, que en el acto de convenio le fueron presentadas al propietario. Recordaron que el 26 de abril de 1646, se le abonaron en la localidad de Mutriku 9.538 reales a cuenta de las rentas. En ese mismo mes y año, el arrendatario necesitó abonar 242 reales para la fabricación de dos nuevos cepos principales para la ferrería, además de una reparación que se efectuó junto al molino. Para que esos dos cepos se pudiesen elaborar, fue necesario comprar dos robles que costaron 4 ducados. El 23 de febrero de 1647, se le enviaron a cuenta otros 500 ducados. El total aportado por los arrendatarios montó 15.324 reales. En consecuencia, después de haberse presentado la totalidad de las cuentas, el propietario debía a la viuda 660 reales, y estaba dispuesto a abonar esa cantidad, con la siguiente propuesta. A cuenta del débito le dejaba libre la renta de los diezmos, de la ferrería y del molino correspondiente al año 1647. Además de entregarle el dinero que obtuviese por la venta de un monte jaral, ubicado en Beasain. Como condición para que este pago se realizase de la manera presentada, María tendría que desistir en el empeño de poder cobrar los intereses del año 1646, por haber estado ambas instalaciones paradas durante dos meses, por haberlas anegado el río. Como consecuencia de esta riada, los estribos de la presa se partieron y fue necesario repararlos. Después de reflexionar sobre lo que le presentó el propietario, María Altolaguirre aceptó el modo en el que iba a recibir lo que se le debía y se comprometió a no pedirle los intereses por ese concepto.1
1 A.H.P.G.O. L-1-2627, año 1647.
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