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La prueba testifical en las víctimas de la violencia de género

Igor PIÑEIRO ZABALA

Introducción

Las estadísticas y la propia práctica judicial indican que en la gran mayoría de los procedimientos judiciales que se siguen en los delitos de violencia de género, la acción de la víctima de denunciar no va seguida de una posterior corroboración de los hechos en la práctica de la prueba testifical en el juicio oral; así la retractación a posteriori y una deficiente o ausente carga probatoria acabará con toda probabilidad en un sobreseimiento en fase instructora o en una sentencia absolutoria en el momento procesal del acto plenario del juicio oral. Ello se produce en la difícil situación psicológica en la que se encuentra la víctima de la violencia de género.

La violencia de género en la pareja es una situación emocional que causa un impacto psicológico importante en la mayor parte de las víctimas. De la misma manera que cualquier factor estresante, la violencia en la pareja causa diferentes reacciones de desigual intensidad en función de variables como la personalidad de la víctima, sus capacidades de afrontar la violencia, los recursos personales y sociales de que gocen, así como de variables en relación al propio tipo de maltrato: duración, intensidad, el tipo y grado de violencia sufrido etc.

La evaluación del impacto que sufren las víctimas ha sido a menudo objeto de polémica ya que se ha tratado de imponer desde algunos foros la idea de que las víctimas presentan con carácter previo al propio maltrato una serie de anomalías o características psicológicas que propician el futuro hecho de acabar siendo víctimas de la violencia de género, por ejemplo en los supuestos de haber crecido la víctima en una familia en la que la progenitora era sistemáticamente maltratada por su pareja y las probabilidades futras de ser maltratada por el su pareja en la edad adulta, o la existencia de psicopatologías previas en las victimas del maltrato que condicionaran sus propio carácter de víctima.

Entre las principales consecuencias psicológicas que presentan las víctimas de violencia de género, se encuentran las siguientes:

Síndrome de estrés postraumático

Las víctimas presentan trastornos cognitivos y de memoria, de carácter similar a los que aparecen en el Síndrome de Estrés Postraumático que son consecuencias a largo plazo de haber sido víctimas de un trauma que de una manera u otra supuso un riesgo para su vida o integridad física.

Reexperimentan los eventos traumáticos o fragmentos episódicos de ellos, que de forma espontánea o por asociación con estímulos que se los recuerdan. Las secuencias temporales pueden resultar afectadas, recordando juntos episodios de agresión que fueron en un principio diferentes. El miedo o la anticipación de episodios de violencia pueden dispara flashbacks, imágenes vividas de episodios pasados etc.

Reviven intensamente agresiones sufridas en forma por tanto de imágenes y recuerdos constantes e involuntarios con una hiperactividad fisiológica ante situaciones relacionadas e incluso en ausencia de ellas, sensaciones de ahogo, malestar, dolor de pecho y demás.

El problema radica no sólo en la recurrencia obsesiva de recuerdos e imágenes, sino toda la afectación emocional que produce volver a reexperimentar el trauma, la recurrencia implica muchas veces la retraumatización de la víctima.

La confusión mental es tan aguda que parece un trastorno del pensamiento. La confusión colabora a que la víctima se proteja de la percepción constante de probabilidad de un nuevo episodio de maltrato. Puede implicar problemas en la atención y estados disociativos. Le resulta difícil atender a las demandas del ambiente que le rodea, e incluso en ocasiones le dificulta cuidarse de sí misma. De una forma involuntaria para ella, su atención se refleja en aspectos irrelevantes. Los estados disociativos pueden tener incluso una función protectora, permitiendo a la víctima reducir el dolor psicológico y físico que experimenta con asiduidad.

La repetición de los episodios de violencia produce un estilo cognitivo pesimista o indefensión aprendida. Las personas que desarrollan este estilo creen que son incapaces de controla o tener alguna influencia en los acontecimientos que padecen y que de laguna manera, están a merced de ellos; sienten que tendrán mala suerte, hagan lo que hagan todo les irá mal, etc. Lógicamente, por aquí se llega a la depresión, con una relación directa sobre la autoestima de la víctima y su falta de implicación gradual en actividades de carácter lúdico.

Síntomas de evitación

El maltrato continuado provoca la utilización de una serie de estrategias para afrontar el dolor basadas principalmente en la evitación, con expresiones como la negación y la minimización de los hechos y la represión de le expresión emocional. Como consecuencia de tales hechos, las victimas pueden llegar a dudar de la realidad del maltrato. La evitación suele generar frecuentemente, fobias en las víctimas, que acaban por evitar todo aquello que le pueden llevar a recordar los episodios traumáticos del maltrato.

Evitan hablar del propio hecho del maltrato con sus seres queridos, experimentan sensaciones de distanciamiento respecto de los demás y se muestran desesperanzadas respecto a sus futuros. En conjunto experimentan una sensación de distanciamiento de los demás y una pérdida de interés por las personas y por las actividades que anteriormente al maltrato les resultaban gratificantes y atractivas para su propio desarrollo personal.

En definitiva es el uso del aislamiento social como forma de evitación del dolor y la victima lo puede aprovechar para evitar contar a las personas relevantes de su entorno social el sufrimiento y la propia existencia del maltrato por parte de sus parejas, como medio de evitar el dolor psicológico que les produce el maltrato.

A su vez, esta actuación de la víctima, es una de las estrategias de poder y control social sobre la víctima de las que se vale el victimario. Sirve para que la víctima calme el miedo del agresor a ser abandonado, o en su caso sus intensos celos. La mujer acaba creyendo que cuanto menos contacto tenga con el mundo exterior que le rodea, menores serán las oportunidades de que algún elemento haga surgir la agresión de nuevo y comience el maltrato.

Ansiedad

La violencia repetida e intermitente, entremezclada con períodos de arrepentimiento del victimario y ternura con ella por su parte, genera en la víctima unas respuestas de alerta y de sobresalto permanente. Esta, es por cierto, una de las razones por las que la víctima no denuncia en la esperanza de que el victimario cambie y también de que, en caso de denunciar, retire la denuncia poco tiempo después de haberla interpuesto, hecho que en muchas ocasiones supone la interrupción del proceso penal que permite responsabilizar al agresor de su conducta.

La victima experimenta trastornos de sueño, pesadilla y pensamientos obsesivos en relación con el maltrato y el victimario como consecuencia de este estado de ansiedad.

Sentimientos de culpabilidad

Los sentimientos de culpa pueden estar relacionados con las conductas que la víctima ha realizado para evitar la violencia como son mentir, justificar al agresor, tener contactos sexuales a su pesar, consentir el maltrato a sus hijos, etc.

Un alto porcentaje de mujeres se atribuyen a sí mismas la culpa de lo que les ocurre pensando erróneamente, como consecuencia de un estereotipo social cada vez mucho más obsoleto, que igual “algo mal” habrán hecho ellas para que su pareja se comporte de esta manera con ellas y les maltrate, justificando así su propia situación de maltrato.

Aquellas mujeres que presentan esta autoculpabilización son aquellas con más dificultades para tomar la decisión de denunciar los maltratos a los que el agresor les somete.

Conclusiones

En conclusión, la violencia en la pareja es una variable de riesgo para el desarrollo de trastornos emocionales, tanto si la violencia es física como psicológica, ya que ésta es percibida por la víctima como más dolorosa incluso que la violencia física.

Las investigaciones llevadas a cabo sobre este aspecto concluyen que existen factores que están relacionados con el nivel de gravedad de los síntomas. El hecho de haber sufrido agresiones sexuales dentro del matrimonio, la ausencia de denuncia y la falta de apoyo social y familiar están asociados con un mayor impacto psicológico.

Existen a su vez evidencias sobre las diferencias en la percepción del grado de malestar psicológico, dependiendo del momento en que se encuentran las víctimas en relación con el maltrato. Las víctimas más afectadas son aquellas que se encuentran inmersas en una relación violenta, que mantienen una dependencia afectiva de su pareja y que no han considerado la posibilidad de una separación del victimario. Sin embargo, no se pude considerar como suficiente para la recuperación psicológica de las victimas el mero alejamiento del agresor.

Una vez realizado el paso de denunciar, la víctima se adentra dentro del mecanismo judicial se producen incluso nuevas consecuencias emocionales en las víctimas ya convertidas en denunciantes de su situación de maltrato por sus parejas. La demora en los juicios, la exposición pública de lo ocurrido, así como la culpabilizaciön generada, contribuyen a la victimización secundaria o doble victimización de las mujeres maltratadas. Les conlleva un sufrimiento añadido al de la propia violencia denunciada en sí y derivado de la incursión de la víctima en el proceso judicial que genera la interposición de la denuncia, frecuentemente se encuentra perdida, desinformada y en una situación para ella de desamparo.

Es en este momento cuando el sistema ha de desarrollar todas sus potencialidades asistenciales con las víctimas tanto en la detección psicológica de los problemas emocionales previos a la denuncia como también posteriormente en el proceso judicial y tras su finalización mediante sentencia.

Bibliografía

Consejo General del Poder Judicial; Estudio sobra la aplicación de la Ley Integral Por las Audiencias Provinciales, Grupo de Expertos y expertas en Violencia de Género y Domestica del Consejo General del Poder Judicial; Consejo General del Poder Judicial, Madrid, septiembre del 2009.

Echeburua, E; Corral, M.P. (1998); “Manual de Violencia familiar”, Siglo XXI, Madrid.

Gómez Colomer, Juan-Luis; (2007), “Violencia de Género y Proceso”, Tirant lo Blanch, Valencia.

Ministerio Fiscal; Memoria de la Fiscalía, correspondiente a 2009.

VVAA, Coordinadora, Carolina Villacampa Estiarte, (2008), “Violencia de Género y sistema de Justicia penal”, Universitat de Lleida, Departament de Dret public, Tirant lo Blanch, Valencia.

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